The Right to Rectification in Social Networks
DOI:
https://doi.org/10.18041/0121-3474/verbaiuris.40.1572Keywords:
Right of rectification, social networksAbstract
Technology has been advancing in the communications scenario, which has allowed the creation of social networks as a scenario for interaction among its users. Faced with these technological advances, the right to interact socially, culturally, politically and technologically allows the existence of scenarios where disputes of rights and freedoms converge, especially freedom of expression, honor, good name and image. These conflicts between rights are the object of study in this investigation through the figure of rectification to demonstrate if the same is constituted as a mechanism for the reestablishment of rights in social networks. For this purpose, the analysis of the most recognized social networks and the way in which the legal system has interacted for the protection of rights is considered.
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References
Arrieta, M. (2014). Libertad de expresión y derecho a la información en las redes sociales en internet. Revista Derecho comunicaciones y nuevas tecnologías, (12), 1-31.
Asamblea General de las Naciones Unidas. (1952). Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación. Estar fielmente informados, libre circulación de información y opinión. Entrada en vigor 24 de agosto de 1962.
Asamblea General de las Naciones Unidas. (1966). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976, de conformidad con el art. 49 Lista de los Estados que han ratificado el pacto.
Barone, J. (2018). El deber de mitigar los daños por incumplimiento contractual. Revista Verba Iuris, 13(39), pp. 81-106.
Blanco C (2017). Condiciones de cohesión entre la Comunidad Andina (CAN) y la descentralización territorial colombiana, en Revista Republicana, Núm. 23, Julio-diciembre de 2017, pp. 67-92. DOI: http://dx.doi.org/10.21017/Rev.Repub.2017.v23. a31. Documento extraído el 2 de abril de 2018 de http://ojs.urepublicana.edu.co/index.php/revista republicana/article/view/406/359
Carmona, E. P. (2010)., (2010), El derecho de rectificación en México (Tesis doctoral en Derecho). Obtenido de Universidad Nacional Autónoma de México: http://www.ordenjuridico.gob.mx/Publi- caciones/Tesis2011/1TDerechoRectificacionMex. pdf
Castro G (2018). Una nueva propiedad intelec- tual para el siglo xxi. Focos, críticas y propuestas puntuales para una futura regulación de los bienes inmateriales en Revista IUSTA, N.º 48, enero-junio 2018, pp. 19-41. DOI: https://doi.org/10.15332/ s1900-0448.2018.0048.01. Documento extraído el 20 de marzo de 2018 de http://revistas.usta.edu.co/ index.php/iusta/article/view/4085/3880
Congreso de la República de Colombia. (1944). Ley 29 del 9 de diciembre de 1944. Por la cual se dictan disposiciones sobre prensa. Bogotá, D.C., Colombia.
Congreso de la República de Colombia. (2009). Ley 1341 del 29 de julio de 2009. Diario Oficial 47426. Bogotá, D.C.: Colombia.
Conrado, M., & Tejada, J. (2007). Artículos de investigación operativa: redes sociales. Boletín de estadística e investigación operativa, 23(2), pp. 4-8.
Corte Constitucional. Colombia. (2015). Sen- tencia T 731 del 27 de noviembre de 2015. Sala Segunda de Revisión. M.P. Myriam Ávila Roldán. Bogotá, D.C., Colombia.
Corte Constitucional. Colombia. (2014). Sen- tencia T - 934 del 3 de diciembre de 2014. Sala Segunda de Revisión. M.P. Mauricio González Cuervo. Bogotá, D.C., Colombia.
Corte Constitucional. Colombia. (2014). Sen- tencia T-914 del 1 de diciembre de 2014. Sala Octava de Revisión. M.P. Martha Victoria Sáchica Méndez. Bogotá, D.C., Colombia.
Corte Constitucional. Colombia. (2016). Sen- tencia T - 050 del 10 de febrero de 2016. Sala Cuarta de Revisión. M.P.: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. Bogotá, D.C., Colombia.
Corte Constitucional. Colombia. (2017). Sen- tencia T - 063A del 3 de febrero de 2017. Sala Sexta de Revisión. M.P. Jorge Iván Palacio Palacio. Bogotá, D.C, Colombia.
Corte Suprema de Justicia. Colombia. (2014). Sentencia STL 11943-2014. Sala de Casación Laboral. M.P. Gustavo Hernández López Algarra. Tipo de proceso: Tutela. Radicado: 55723. Bogotá, D.C., Colombia.
Corte Suprema de Justicia de Costa Rica. (2015). Sala Constitucional - Resolución No. 2015-008472. Recurso de amparo. Expediente: 15-006906-0007-CO.
Ghiglione, S. V. (2003). Derecho a réplica, rectifi- cación o respuesta (Tesis de pregrado). Obtenido de Universidad Abierta Interamericana: http://imgbiblio.vaneduc.edu.ar/fulltext/files/TC049086.pdf
Llano V, Rengifo R & Rojas L. (2018). Estado cosmopolita en América Latina en Revista IUSTA, N.º 48, enero-junio 2018, pp. 97-117. DOI: https://doi.org/10.15332/s19000448.2018.0048.04 Documento extraído el 20 de marzo de 2018 de http://revistas.usta.edu.co/index.php/iusta/article/ view/4088/3883
Ministerio de Tecnologías de la Información y de las Telecomunicaciones. (2010). Resolución 000202 del 8 de marzo de 2010. Bogotá, D.C.: Colombia.
Moreno, V. (2012). El derecho de rectificación se extiende a las redes sociales. Obtenido de Expansión jurídico: http://www.camarazaragoza.com/docs/El_derecho_de_rectificacion_se_extiende__39496. pdf
Observatorio Nacional de las Telecomunica- ciones de la Sociedad de la Información. (2011). Las redes sociales en Internet . Obtenido de ONTSI: http://www.osimga.gal/export/sites/osimga/gl/ documentos/d/20111201_ontsi_redes_sociais.pdf
Osorio R (2018). La extradición y la cooperación internacional. Falta de justicia, legitimidad o incapa- cidad del Estado colombiano: su historia en Revista IUSTA, N.º 48, enero-junio 2018, pp. 179-198. DOI: https://doi.org/10.15332/s1900-0448.2018.0048.07. Documento extraído el 20 de marzo de 2018 de http://revistas.usta.edu.co/index.php/iusta/article/ view/4097/3904
OEA. (1969). Convención Americana sobre Dere- chos Humanos. San José de Costa Rica: Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos.
Presidencia de la República de Colombia. (1991). Decreto 2591 del 19 de noviembre de 1991. Diario oficial 40.165. Bogotá, D.C., Colombia.
Rosas, A. (2011). ¿Derecho de rectificación, derecho de respuesta o derecho de réplica? Derecho comparado de la información, (18), julio-diciembre, 67-103.
Smith, K. (2016). 96 estadísticas y datos increíbles de las redes sociales para 2016. Obtenido de Blog de Brandwatch: https://www.brandwatch.com/ es/2016/08/96-estadisticas-redes-sociales-2016/
Torres, Y. & Ramírez, O. (2018). La responsabilidad civil de las entidades de certificación en Colombia en Revista IUSTA, N.º 48, enero-junio 2018, pp. 43-71. DOI: https://doi.org/10.15332/ s1900-0448.2018.0048.02. Documento extraído el 20 de marzo de 2018 de http://revistas.usta.edu.co/ index.php/iusta/article/view/4086/3881
Valdés, A. (2009). Redes sociales: Un camino para la apropiación de la ciencia y tecnología. Foro Iberoamericano de comunicación y divulgación científica. Campinas, Brasil.
Vargas, G., Riaño, J. (2018). La armonización legislativa en el marco de la CAN. Revista Verba Iuris, 13(39), pp. 15-25.
Vásquez, D. (2018). El poder nacional y su incon- veniencia política. Revista Verba Iuris, 13(39), pp. 67-79.