Regulación y distribución de riesgos en los contratos de concesión de obra e infraestructura de trasporte

Autores/as

  • Jorge Eliécer Fandiño Gallo

Palabras clave:

Contrato de concesión, Distribución de riesgos, Reglas metodológicas

Resumen

La ley de contratación estatal prevé la obligación de realizar un estudio de los riesgos para evitar parálisis y reclamaciones durante la ejecución del contrato. Sin embargo, no abordó el tema desde la perspectiva de las reglas metodológicas para su distribución, quedando todas las previsiones en manos de las partes, haciéndose necesario su establecimiento, porque la inexistencia de las mismas puede afectar la economía del contrato. Las reglas metodológicas para la distribución de riesgos en los contratos de concesión de obra y de infraestructura de trasporte se circunscriben a: preservar la conmutatividad del contrato; a la asunción por parte del Estado, de los riesgos anormales; a negociar equilibradamente los riesgos; a establecer nuevos acuerdos a través de la renegociación del contrato; a compensar aritméticamente los riesgos asumidos y compensar adicionalmente cuando los riesgos transferibles rebasan las consecuencias estimadas. Por virtud de estas reglas, se evitará en lo posible que se contemplen cargas onerosas para una de las partes de la relación contractual. Para efectos de lo dispuesto anteriormente se ha adelantado una investigación jurídica de carácter cualitativo y descriptivo.

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Publicado

2011-12-01

Número

Sección

Artículos

Cómo citar

Fandiño Gallo, J. E. (2011). Regulación y distribución de riesgos en los contratos de concesión de obra e infraestructura de trasporte. Verba Luris, 26, 97-110. https://revistas.unilibre.edu.co/index.php/verbaiuris/article/view/2235

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