Las jurisdicciones supranacionales como órganos de control del poder público nacional
Palabras clave:
Soberanía, órgano internacional, supranacionalidad, tratados internacionales, poder coercitivo, relaciones de poderResumen
De acuerdo al artículo primero de la Constitución Política “Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de republica unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entes territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”. Dentro de los derechos políticos que prevé la constitución colombiana, se encuentra el derecho a participar en “la conformación, ejercicio y control del poder político” siendo uno de los más importantes, el derecho establecido en el numeral primero del artículo 40: “elegir y ser elegido”. Por su parte, el artículo 275 de la Constitución nacional, creo la figura del procurador general de la nación, como el funcionario supremo que dirige el ministerio público, quien tiene determinadas funcione generales y especiales, dentro de las ultimas, se les confirieron facultades para desvincular del cargo a funcionarios que incurran en faltas disciplinarias previstas en el artículo 278 de la misma obra. Así mismo, Colombia al estar adherida a la convención interamericana de los derechos humanos, otorga competencia jurisdiccional a la Cortes interamericana de los Derechos Humanos para buscar que funja como ente superior que pueda proteger los Derechos Humanos de los individuos extranjeros y colombianos, que se vean afectados o violados por los servidores públicos del estado. Entraremos analizar si la decisión de los fallos emitidos por la CIDH sirve como precedentes para casos similares, utilizando específicamente el caso de violacion de derechos políticos del 2020 en el caso de petro vs Colombia, cómo afectó la ley colombiana y el alcance de su decisión.
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Referencias
Sentencia 8 de julio del 2020, caso Petro Urrego vs Colombia, CIDH
Ley 2094 del 2021
Ley 734 del 2002
Artículo 275 de la constitución política de Colombia
Artículo 278 de la constitución político de Colombia
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Derechos de autor 2022 Angélica-María Cruz-García
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