Manejo de la contribución parafiscal denominada “Arancel Judicial”, caso concreto Consejo Superior de la Judicatura – seccional Quindío

Autores/as

  • Ana Gladys Torres Castaño
  • José Gabriel Poveda Florez
  • Julian Penagos Correa

DOI:

https://doi.org/10.18041/libemp.v23n1.23112

Palabras clave:

Contribución parafiscal, arancel judicial, Consejo Superior de la Judicatura-Seccional Quindío, sistema judicial

Resumen

El presente artículo de investigación surge de la necesidad de conocer cómo ha sido concebida y aplicada la normativa que regula la contribución parafiscal denominada “Arancel Judicial” por el Consejo Superior de la Judicatura- Seccional Quindío. Para ello se toma como punto de partida el concepto de la misma, su importancia, efecto y contribución al sistema judicial. A la par se describen todas las normas relacionadas con el tema y se hace una presentación de la entidad pública encargada del manejo del Arancel Judicial en la ciudad de Armenia. Para el desarrollo de la investigación se ejecutaron diferentes actividades (recolección de datos y entrevistas), que conllevaron a la obtención y relación de información acerca de cómo es el proceso en el manejo y recaudo del Arancel Judicial, por parte de los encargados del mismo; indagación que permitió conocer la actitud y el nivel de información que los funcionarios tienen sobre el tema. Finalmente, se realizó una guía que permite a los funcionarios del Consejo Superior de la Judicatura- Seccional Quindío, la fiscalización, determinación, discusión y cobro de la contribución parafiscal denominada “Arancel Judicial”, con el propósito de lograr eficiencia y servir de instrumento que aporte a la descongestión en el sistema judicial.

Descargas

Los datos de descarga aún no están disponibles.

Referencias

1. Abella Zárate Jaime y Otros. (1999). DERECHO TRIBUTARIO. Segunda edición, icdt.
2. Ahumada, Guillermo. (1996). Finanzas Públicas y Derecho Tributario. Argentina: Plus Ultra.
3. Constitución Política de Colombia. (1991). Artículos 95, 150, 338, 345, y 363.
4. De la Garza, Sergio Francisco. (1990). Derecho Financiero Mexicano. México. Editorial Porrúa.
Pág. 8723.
5. Dicccionario de la Real Academia Española.
6. Estatuto Tributario NacionaL. Decreto número 624. 30 de Marzo de 1989.
7. Fernández, Emigdio Archundia. (2010). Tesis Doctoral de Ciencias Sociales. El Impacto Tributario
de la Economía Informal en méxico. En Busca de una Propuesta Estructural. México.
Torres, et al.
Vol. 12 No. 1, Enero - Junio de 2015 237
8. Fernández, Luis Omar. (2007). Diccionario Fiscal, Económico y Contable, primera reimpresión,
Buenos Aires. Ediciones La Ley.
9. Gaceta Oficial dela República de Venezuela. N° 36.687, de fecha 26 de abril de 1999.
10. González Parada, Hernando Alberto. (1998). Seguridad Tributaria y Desarrollo Económico.
Ediciones Jurídicas Gustavo Ibáñez.
11. Garay Salamanca, Luis Jorge. (2002). Colombia entre la exclusión y el desarrollo, (propuesta para
la transición al Estado Social de Derecho). Dirección Académica. Primera edición. Contraloría
General de la República.
12. Honorable Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección cuarta.
13. Honorable Corte Constitucional. http://www.ramajudicial.gov.co/csj/publicaciones/csj/
categoria/227/Información-General
14. Instituto Colombiano de Derecho Tributario, Derecho Tributario. Bogotá 1999.
15. Ibañez Najar, Jorge Enrique. (2001). Estudios de derecho constitucional económico. Primera
edición, Bogotá. Fundación Cultural Javeriana de artes gráficas.
16. Legis. (1999). El derecho de las Finanzas Públicas, Bogotá.
17. Ley 1066 de 2006.
18. Ley 1123 de 2007.
19. Ley 1394 de 2010. Por la cual se regula el Arancel Judicial y se dictan otras disposiciones.
20. Ley 1653 de 2013. Por la cual se regula el Arancel Judicial y se dictan otras disposiciones.
21. Ley 270 de 1996.
22. Lozano Rodríguez, Eleonora, 2008. Fundamentos de la Tributación. (Coordinadora). Ediciones
Uniandes. Bogotá. Editorial Temis S.A.
23. Martínez Herrera, Gerardo. (2006). Compendio de Derecho Tributario. Primera Edición. Medellin.
CISE- UNICIENCIA.
24. Miranda Talero, Alfonso. (1999). El Derecho de las Finanzas Públicas. Segunda edición. Legis
editores S.A.
25. Nieto Arteta, Luis Eduardo. (2011). La interpretación de las Normas Jurídicas, tercera edición.
Bogotá. Editorial Temis.
26. Ricardo, David. Principios de economía política y tributación. Fondo de Cultura Económica,
México, Cuarta reimpresión.
27. Plazas Vega, Mauricio A. (1995). El Liberalismo y la Teoría de Los tributos. Bogotá, D.C. Editorial
Temis S.A.
28. Proyecto de Ley 019 DE 2011. Por el cual se regula el Arancel Judicial y se dictan otras disposiciones.
29. Ramírez, Helio Fabio. (2011). Finanzas Públicas. Contribuciones Parafiscales.
30. Ricardo, David. (1977). Principios de economía política y tributación; Cuarta reimpresión. Fondo
de Cultura Económica, México, Editorial Hemisferio.
31. Sentencia C-1060A de octubre de 2001. Exención del impuesto de renta para gastos de representación
de altos dignatarios.
Torres, et al.
238 Universidad Libre - Cali
32. Simons, Henry. (1938). Personal Income Taxation. University of Chicago Press. Citado en Fuentes
Quintana, E. Las Reformas Tributarias en España. Barcelona Crítica. 1990. Pág. 365.
33. Temis. (1995). El liberalismo y la Teoría de los Tributos, Bogotá, Colombia.
34. Universidad Externdo de Colombia. (2007). Derecho fiscal. Departamento de Publicaciones. U
Externado. Bogotá. Pag 69.
35. Vasco Martínez, Rubén y Fino Serrano, Guillermo. (2001). Elementos Básicos de la Tributación
en Colombia. Centro Interamericano Jurídico-Financiero. Segunda Edición. Bogotá.
36. Vargas Lleras, Germán. (2011). Ministro del Interior y de Justicia, hasta mayo de 2013.Justificación
al proyecto de Ley 019 de 2011, por el cual se regula el Arancel Judicial y se dictan otras
disposiciones.
37. Villegas, Héctor B. (1998), documento Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario

Descargas

Publicado

2015-01-01

Número

Sección

Artículos

Cómo citar

Manejo de la contribución parafiscal denominada “Arancel Judicial”, caso concreto Consejo Superior de la Judicatura – seccional Quindío. (2015). Libre Empresa, 12(1), 207-238. https://doi.org/10.18041/libemp.v23n1.23112