Principio de integración y bloque de constitucionalidad: Política pública de convivencia y respeto universal por la dignidad humana
DOI:
https://doi.org/10.18041/1794-7200/criteriojuridico.2%20Julio-Di.674Palabras clave:
Bloque de constitucionalidad, principio de integración, derechos humanos, derecho internacional humanitarioResumen
En este artículo se propone dar cuenta del control que realiza la Corte Constitucional a las leyes aprobatorias de tratados internacionales que versan sobre derechos humanos, con especial incidencia en materia penal. De conformidad con el artículo 93 del estatuto superior, este control es un requisito para la inserción de la legislación externa al compendio de la normatividad jurídica interna y en el mismo se resalta el papel de la dignidad humana en el proceso de integración. Para ello se determinará el rol de la jurisdicción constitucional en Colombia –desde su creación en 1991, hasta la expedición del Código Penal en 2000– en la construcción de una política criminal que, a manera de directrices y límites, ha perfilado tanto el accionar del legislador como el del Ejecutivo frente a la prevención y control del delito.