Sado-masoquismo
conductas eróticas enmarcadas en el sistema penal colombiano
Resumen
Los temas de índole social suelen ser nebulosos y complicados en cuanto a su discusión, pues el aun hoy en día son considerados "tabús" y vistos de manera tediosa por el auditorio debido a su alto contenido subjetivo y personal, lo que hace de su debate un proceso truncado que comúnmente no lleva a ningún lado. El Derecho como parte inherente y necesaria en el hombre, debe suplir cada conflicto creado en la sociedad y garantizar una convivencia sana y amena entre los individuos. Ahora bien, cabe resaltar que el hecho de vivir en comunidad hace del control jurídico un constante dilema por el vaivén de pensamientos que surgen de la comunidad, sin embargo, este debe buscar la manera de garantizar a cada persona su libertad de conciencia y pensamiento; es por ello que surge la pregunta ¿cómo garantizar la pluralidad de pensamientos sociales en un entorno que no limite la conciencia y respete por igual cada idea o creencia? Es precisamente esta pregunta la que ha puesto al derecho en situaciones jurídicas incomodas, pero vitales para el cumplimiento de una sociedad moderna y pacífica. En base a lo dicho, es claro notar el conflicto de criterios presente en los casos de contenido sexual por su multiplicidad de criterios, en su mayoría religiosos y que pueden presentarse como un obstáculo, sin embargo el derecho debe virar a esa labor simbólica de la venda en los ojos, la cual representa imparcialidad en la decisión, y argumentar en base a los principios y valores de la ideología que impregna la carta. Como lo diría el difunto ex magistrado Carlos Gaviria Días (1997) "Nada tan cruel como obligar a una persona a subsistir en medio de padecimientos oprobiosos,en nombre de creencias ajenas, así una inmensa mayoría de la población las estime intangibles." (p.19), esta afirmación señala la clara posición que debe tener nuestro sistema judicial ya que el derecho es LAICO. En base a esto, la historia ha visto el rechazo social a todo tipo de conductas eróticas basado en un criterio dogmático religioso, olvidando que este comportamiento es un hecho natural. Al pasar el tiempo principalmente en el siglo XVIII los estados con un despotismo basado en un sentido religioso toman todo tipo de expresión erótica como un delito, una deshonra y un pecado; que no puede pasar impune ante los ojos del Derecho de lo cual resulta lo mas de interesante el evaluar dicho erotismo ya que en si no se agrede a nadie, no daña a nadie e incluso no es del interés de nadie fuera de las personas implicadas en dichos actos. Esto último nos lleva a plantear estas preguntas: ¿Cómo, cuándo y por qué son delito y deshonra toda clase de expresiones eróticas? ¿Cuál es el criterio JURIDICO en el que se fundamenta dicho señalamiento?
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Referencias
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