Resumen
El 10 de junio del año 2011 se puso en marcha la ejecución de la Ley de Víctimas, con la finalidad de atender, asistir y reparar a las víctimas del conflicto armado interno. La puesta en práctica de la ley y el precedente constitucional establecido en la Sentencia C-330 de 2016 hicieron evidentes ciertas situaciones o condiciones que no fueron previstas por el legislador, en especial, el desconocimiento de un grupo heterogéneo conocido como segundos ocupantes y la omisión de instituciones posfallo para su reconocimiento y reparación integral. Este problema motivó académicamente el inicio de un proceso de investigación, con base en la pregunta ¿cómo materializar la reparación integral de los segundos ocupantes, desconocidos por sentencia judicial, con anterioridad al precedente constitucional C-330 de 2016 por el juez de tierras? Para responder a este interrogante se debe tener en cuenta las leyes procesales y la competencia extendida de los jueces de restitución de tierras, así como el hecho de que las sentencias son inmutables e irrevocables. El problema de investigación se responde aplicando la hermenéutica jurídica, desde su corriente filosófica idealista formal, a través del método sistemático y de la técnica de integración por inducción para analizar la aplicabilidad del recurso extraordinario de revisión, el mecanismo constitucional de tutela, la modulación de sentencias constitucionales y la adición de sentencias del Código General del Proceso (2012), lo que permite sugerir algunos aspectos a flexibilizar en las instituciones, teniendo en cuenta el enfoque diferencial de la ley y la calidad del sujeto benefactor como instituciones que permiten materializar la reparación integral de los segundos ocupantes vulnerables en Colombia.
Citas
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