Inoponibilidad de lapartición en vida en colombia
Resumen
En Colombia entro a regir un nuevo código de procedimiento que saco del espectro jurídico al anterior Código de Procedimiento Civil. Este nuevo cuerpo de normas adjetivas o Código General del Proceso, trajo consigo adiciones, y mejoras de mucha trascendencia para el desarrollo de los procesos judiciales en el país. Sin embargo, entre las adiciones que introdujo el nuevo código, resalta una que hace referencia al modo de disponer de los bienes, más exactamente a la Sucesión como modo de adquirir el dominio de bienes en una masa herencia!, puesto que dentro del mismo artículo (487 de la sucesión) crea la Partición en Vida de los bienes, pero con el inconveniente que nose hará por el trámite de la sucesión, dejando en el aire requisitos de publicidad entre otros que dan eficacia al acto jurídico.
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Referencias
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