El alcance de la regla y subreglas de subsanabilidad de ofertas acorde con la jurisprudencia del Consejo de Estado en los procesos de licitación pública en el ordenamiento jurídico colombiano
Parole chiave:
Contratación pública, subsanabilidad, licitación pública, selección objetiva, reglas, principios, jurisprudencia del Consejo de EstadoAbstract
Éste estudio analiza las disposiciones y los principios contenidos en la ley de contratación pública y las normas complementarias que permiten regular la aplicación y el alcance de las reglas y subreglas de subsanación de ofertas en los procesos de licitación pública acorde con la jurisprudencia del Consejo de Estado y lo señalado en el artículo 5 de la Ley 1882 de 2018. No obstante, este desarrollo normativo y jurisprudencial no ha sido suficiente para precisar de forma clara y unívoca el alcance de dicha regla, de manera que da lugar a variadas interpretaciones en torno a lo que puede o no ser objeto de subsanación, especialmente en aquellos procesos que incluyen factores puntuables dado que la mejor oferta se determina tanto en términos de precio como de calidad, tal como sucede en la licitación pública.
De esta manera, se constata la insuficiencia legal y la falta de unidad jurisprudencial de regular la aplicación del concepto de subsanabilidad de requisitos y la necesidad de unificar criterios en una norma que determine las limitaciones y el alcance de éste, así como también, el plazo para hacerlo y aquellas condiciones necesarias para la comparación de las ofertas con plena observancia de los principios rectores para la selección objetiva de los contratistas dentro del proceso de contratación pública. Por lo anterior, el presente documento busca identificar los principios y caracterizar los criterios jurisprudenciales frente a la procedencia de la subsanabilidad de ofertas en la licitación pública en Colombia.
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Riferimenti bibliografici
Congreso de la República de Colombia. (1993, 6 de octubre). Ley 80 de 1993. En: Diario Oficial n.º 41094 (1993, 28 de octubre)
Congreso de la República de Colombia. (2007, 16 de julio). Ley 1150 de 2007. En: Diario Oficial n.º 46691 (2007, 16 de julio)
Congreso de la República de Colombia. (2018, 15 de enero). Ley 1882 de 2018. En: Diario Oficial n.º 50477 (2018, 15 de enero)
Daza Sierra, N.E. (2018) La subsanabilidad de requisitos en la licitación pública y su impacto frente a los principios de la contratación estatal en Colombia. Available at: http://hdl.handle.net/11634/10547
Dworkin, Ronald M. (1967) "The Model of Rules," University of Chicago Law Review: Vol. 35: Iss. 1, Article 3. Available at: https://chicagounbound.uchicago.edu/uclrev/vol35/iss1/3
López Rodríguez, A. C. (2018). Aplicabilidad modulada del régimen jurídico de la subsanabilidad de las ofertas. Revista Digital de derecho Administrativo, (21), 263– 310. https://doi.org/10.18601/21452946.n21.12.
Sarmiento Castro, H. (2022). Implicaciones jurídicas de la subsanabilidad de las ofertas en procesos de contratación pública en Colombia. Universidad Externado de Colombia. Available at: https://doi.org/10.57998/bdigital.handle.001.6065
Salcedo Castañeda, L.M. (2022). Cumplimiento de los principios de la contratación estatal y de los fines del estado social de derecho a partir de la experiencia exigida en procesos de contratación de obra pública de infraestructura vial en vigencia de la Ley 1882 de 2018. Recuperado de: https://hdl.handle.net/10901/24523.
González, J. C. (2018). La Inestabilidad de la Regla de Subsanabilidad en la Contratación Pública. Recuperado de: http://hdl.handle.net/10654/20437.
Lucas Ortegón, C. A. (2021). Actividad contractual de entidades territoriales a la luz de los principios de la contratación estatal. Advocatus, (28), 215–239. https://doi.org/10.18041/0124-0102/advocatus.28.899
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. (2014, 26 de abril). Sentencia 25804. Consejero Ponente: Enrique Gil Botero
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. (2014, 12 de junio). Sentencia 21324. Consejero Ponente: Enrique Gil Botero
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. (2014, 12 de noviembre). Sentencia 27986. Consejero Ponente: Enrique Gil Botero
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. (2015, 29 de julio). Sentencia 40660. Consejero Ponente: Enrique Gil Botero
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. (2016, 24 de octubre). Sentencia 45607. Consejero Ponente: Enrique Gil Botero
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. (2018, 10 de diciembre). Sentencia 39066. Consejero Ponente: Carlos Zambrano Barrera
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. (2019, 25 de octubre). Sentencia 00677. Consejero Ponente: María Adriana Marín
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. (2020, 3 de agosto). Sentencia 49221. Consejero Ponente: Alberto Montaña Plata
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. (2021, 10 de marzo). Sentencia 49221. Consejero Ponente: Guillermo Sánchez Luque
Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. (2022, 28 de febrero). Sentencia 65134. Consejero Ponente: Nicolás Yépez Corrales
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