La infracción de la normatividad migratoria colombiana en extranjeros menores de 14 años hijos de nacionales colombianos

Autores/as

  • Samirna Margarita Vanegas Chapman Universidad del Atlántico

Palabras clave:

Migraci´on, extranjero, menor, derecho, nacionalidad

Resumen

El resolver la expectación que se manifiesta desde el momento en que un extranjero menor de 14 años hijo de nacional colombiano incurre ante una posible infracción a la norma migratoria, la sanción pecuniaria que se produce y por la cual responde jurídicamente su representante legal, sus padres o tutor hasta la condición y/o permanencia de este menor. Dado lo cual, en la medida en que se sanciona, surgen diferentes situaciones en el ámbito económico, social, de seguridad social y de derecho en los ciudadanos colombianos quienes se ven en la obligación de limitar la permanencia de sus menores hijos extranjeros o nacionalizarlos como colombianos. Es decir, deben escoger sea para eximirse de toda multa u optar por un trámite de doble nacionalidad tal como lo expone la Ley 43 de 1993. Las razones por la cual colombianos no nacionalizan a sus hijos son la de tener que obligarlos a cargar con nacionalidades, dos obligaciones totalmente diferentes, doble trámite en cuanto a permisos de salida del país se requiera, entre otras.

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Publicado

2017-06-01

Número

Sección

Artículos