Complejidades de la Conducta Punible

Autores/as

  • Álvaro Salgado González Profesor de Derecho Penal Especial. (Tutela Penal de los Bienes Jurídicos), de la Universidad Libre sede Cartagena. Especialista y Magister en Derecho Penal.

DOI:

https://doi.org/10.18041/1909-2288/revista_cultural.1.2019.6522

Resumen

Digamos ab-initio, que el delito complejo se nos muestra como un fenómeno contro­versial en el derecho penal en general, y por consiguiente el derecho penal colombiano no ha escapado a las controversias que en su contorno se han suscitado alrededor de él. Desde los tiempos del Código Penal de 1936 hasta nuestros días, aún se mantiene la refe­rencia que de él se hace en la jurisprudencia y en la doctrina. Se puede afirmar, que en Colombia, no está definido el delito comple­jo, pero igual se puede decir, que a lo largo del Código Penal, son muchas las situaciones que se cubren con este Instituto.

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Referencias

- Código Penal Italiano, artículo 184, inc. 1º
- Código Penal Colombiano, Ley 599 de 2000, artículo 31
- Código Penal Colombiano de 1936, artículo 363, Nº 3
- C.S.J. Sent. Octubre 4 de 1968, M.P. Simón Montero Torres
- C.S.J. Sent. Septiembre 29 de 1976, M.P. José María Velasco Guerrero
- Fernando Velasquez Velasquez, Manual de Derecho penal, Temis 2000, p.477

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Publicado

2020-07-15

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