La victima como interviniente especial: marco jurisprudencial para entender su alcance al interior de la jurisdicción especial para la paz en Colombia
Palabras clave:
Justicia Transicional, Jurisdicción Especial para la Paz, Victima, Interviniente Especial, Derecho ProcesalResumen
El presente artículo tiene por finalidad analizar el alcance del derecho a la justicia al interior de la transición colombiana, con especial mención al lugar procesal de la víctima al interior de los procesos que tendrán lugar al interior de la Jurisdicción Especial para la Paz. A la luz de la normatividad que regula la implementación del punto 5 de los Acuerdos de la Habana, en concreto, el Acto Legislativo 01 de 2017 y la Ley Estatutaria de Administración de Justicia de la Jurisdicción Especial para la paz, las victimas al interior del marco jurídico-procesal que se defina en la Jurisdicción Especial para la Paz, deberán ostentar por lo menos la calidad de intervinientes especiales, figura que encuentra un importante tratamiento al interior de la jurisprudencia constitucional con ocasión al análisis y evaluación de la constitucionalidad del Código de Procedimiento Penal. Por tal razón, se hace necesario establecer puentes de diálogo entre la valiosa experiencia constitucional colombiana con los parámetros procesales que regirán el funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz en Colombia.
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Referencias
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Derechos de autor 2023 Daniel E. Florez Muñoz, Alexis Carrillo Menco, Nicolás Torres Yabrudi
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