Práctica de pruebas Neurocientíficas en el proceso penal: Una visión desde el respeto a los principios de no autoincriminación e intimidad personal.
DOI:
https://doi.org/10.18041/2590-6720/luspraxis.2.2021.9857Palabras clave:
Autoincriminación, Intimidad Personal, Responsabilidad Penal, Proceso Penal, Prueba NeurocientíficaResumen
El derecho procesal penal colombiano ha desarrollado grandes cambios estructurales desde la expedición de la Ley 906 de 2004 donde se instauró el sistema penal acusatorio y otorgó, entre otras cosas, mayores garantías a los procesados. Una de estas fue dada en el campo probatorio cuando en el artículo 422 aprobó la admisibilidad de publicaciones científicas y de prueba novel, abriendo paso a que las ciencias médicas y las nuevas tecnologías sean utilizadas en el proceso penal a fin de esclarecer la verdad de los hechos objeto de controversia. Sin embargo, algunos críticos han señalado lo anterior como un riesgo, pues aducen que la utilización de técnicas como las de la neurociencia vulnerarían principios tales como los de no autoincriminación e intimidad personal.
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