La teoría de la vida como daño en la responsabilidad médica en Colombia los aportes y vacíos de la corriente principialista en las tensiones generadas con la aplicación de esta teoría
Autores/as
- JOSÉ LÓPEZ OLIVA
DOI:
https://doi.org/10.18041/0124-0102/advocatus.25.954Palabras clave:
Vida, daño, responsabilidad médica, principios, cienciaResumen
En el ejercicio de la prestación del servicio médico realizado por los profesionales de la salud, especializados en ginecología, obstetricia, pediatría, neonatología y genética, se puede causar un daño al usuario del servicio médico; daño que puede prevenirse cuando el prestador en salud realiza el ejercicio de ponderación de principios consagrados por la bioética médica, y que pueden ser utilizados con éxito para contribuir a la solución de las tensiones presentadas cuando es aplicada la teoría que considera a la vida como un daño generador de perjuicios. La corriente principialista de la bioética permitiría identificar y tratar de dirimir situaciones conflictivas, derivadas de la incorporación de los avances técnicos y científicos en las pruebas genéticas predictivas. Sin embargo, los principios de la nombrada corriente son insuficientes para dar respuesta a los dilemas éticos, bioéticos, morales y jurídicos que se generan en la prestación de servicios de salud; por esta razón, se propone incorporar a la citada corriente otros principios como son los de solidaridad, protección y responsabilidad, con el objetivo de tratar de dirimir los conflictos que genera la aplicación de la mencionada teoría. El presente artículo es producto de una investigación cualitativa de naturaleza exploratoria de reflexión de tipo bibliográfico, en la que se reconoce, reúne, examina, ordena e integra la información documental con el objetivo de analizar, interpretar y criticar la situación actual en Colombia, relacionada con la aplicación de la teoría de la vida como daño, y estudiar de qué manera la corriente principialista contribuye a la solución de los conflictos generados con la citada teoría. Al finalizar la investigación se concluye que esta teoría genera tensiones porque al presentarse una inadecuada prestación del servicio médico a la madre gestante, podría generar una demanda judicial en contra del prestador en salud, hecho analizado desde el punto de vista bioético, moral y jurídico. Sin embargo, se establece que la corriente principialista de la bioética es insuficiente para dirimir estos conflictos, razón por la cual se hace necesaria la aplicación adicional de los principios de solidaridad, responsabilidad y protección, con el propósito aportar a la solución de las tensiones generadas por las acciones judiciales wrongful birth y wrongful life
Descargas
Referencias
ÁLVAREZ, J. El estatus del embrión humano desde el gradualismo, p.273. Madrid: Gaceta Médica Mexicana,. Vol. 143(3). 2007.
ANDORO, R. El embrión humano ¿Merece ser protegido por el derecho?. En: Revista Cuadernos de Bioética. Vol. 15. 2004.
AZULAY, A. Los principios bioéticos: ¿se aplican en la situación de enfermedad terminal?. En. An. Med. Interna Madrid. Vol. 18(12). 2009.
BARRIENTOS, M. Del daño moral al daño extrapatrimonial: la superación del pretium doloris. En: Revista Chilena de Derecho. Vol. (1). 2008.
BLASI, G.¿Cuál es el estatus jurídico del embrión humano? Perú: Persona, derecho y libertad. 2009.
CAPRON, M. EE.UU., en: Fuenzalida-Puelma, Hernán y Scholle Connor, Susan (eds.), El derecho a la salud en las Américas. Estudio constitucional comparado, Washington, Organización Panamericana de la Salud, Publicación Científica 509. 1989.
CESSAREGO, C. Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica, Nº 50, Lima, diciembre. En: Revista Jurídica de la Universidad Interamericana de Puerto Rico. Vol. XXXIV(3). 1996.
COLEMAN, P.K. “Abortion and mental health: quantitative synthesis and analysis of research pub¬lished 1995–2009” The British Journal of Psychiatry. 2011.
CHANTRAINE, LIDDELL & SCOTT. Cadernos de Sáude Pública. En: Cad. Saúde Pública, 17(4). 1968.
DE JONG, R.; T.H. “Delibera¬te termination of life of newborns with spina bifida, a criterial reappraisal”. En: Child´s Nervous System. Vol. 24(1). 2007.
DEFENSORÍA DEL PUEBLO. El derecho a la salud en la Constitución, la jurisprudencia y los instrumentos internacionales, p. 288. Bogotá: Serie Desc. 2003.
DEFENSORÍA DEL PUEBLO. Pronunciamiento en la sentencia C-355 del 2006. Corte Constitucional de Colombia. 2006.
FEIFFER, M. & MOLINARI, L. Relación médico-paciente: la bioética y el cuidado en medicina. En: Revista Americana de Medicina Respiratoria. CABA. Vol. 13(3). 2013.
FORMENT, E. Id a Tomás. Principios fundamentales del pensamiento de Santo Tomás. Pamplona: Fundación Gratis Date. 1998.
FRANCISCO, J. Estatuto Biológico, Antropológico y Ético del Embrión Humano. (Dr. Manuel de Santiago). 2006.
GAVIRIA, S. Estrés prenatal, neurodesarrollo y psicopatología. En: Revista Colombiana de Psiquiatría. Vol. 35(2). 2006.
GONZÁLEZ, R. & GONZÁLEZ, I. Eugenesia y diagnóstico prenatal. En: Revista Cubana de obstetricia y ginecología, 28(2). 2002.
GRACIA, D. Procedimientos de Decisión en Ética Clínica. Madrid, Editorial Eudema S.A.1991.
HABERMAS, J. El concepto de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos. Alemania: Diánoia, LV(64). 2010.
HERRANZ, G. Experimentación con embriones sobrantes, p.3. España: Diario Médico. 2002.
LÓPEZ, N.; ESTEBAN, S. & RODRÍGUEZ, H. (2011/2ª). Inicio de la vida de cada ser humano ¿qué hace humano el cuerpo del hombre?
Cuadernos Bioética XXII.
MOLINA BETANCUR, C. El derecho al aborto en Colombia, p.83. Medellín: Universidad de Medellín. En: Opinión Jurídica. Vol. 10(19). 2010.
MORILLO, A.M. La Responsabilidad Civil Médica: Las llamadas Acciones de Wrongful Birth y Wrongful Life. Barranquilla. En: Revista de Derecho. 2007.
OLANO, H. Constitución Política de Colombia. Séptima Edición. Bogotá: Ediciones Doctrina y Ley. 2006.
PACHECO, M. Acciones Wrongful Birth y Wrongful Life: Una controvertida vía de responsabilidad civil médica. España: Universidad de Castilla La Mancha. 2011.
PARRA, M. Responsabilidad Civil, p.289. Bogotá: Doctrina y Ley. 2010.
PASTOR, L. Bioética de la manipulación embrionaria humana. Murcia: Universidad de Murcia. 1997.
PÉREZ, R. Textos de Bioética: La Construcción de la Bioética. México: Editorial Axel Retif. 2007.
ROLAND & KOTTOW. Principios bioéticos en salud pública: limitaciones y propuestas. Río de Janeiro: Cad. Saúde Pública, 17(4).
SANZ ORTIZ J. Bioética y Medicina Paliativa. En: Gómez Sancho M. Medicina Paliativa en la Cultura Latina. Madrid: Aran Ed. S.A.
SARMIENTO, P. Las técnicas de reproducción asistida, 25 años después. En: Revista Persona y Bioética 16. 2002.
SERRANO RUIZ-CALDERÓN, J. M. Bioética y Derecho. En: Tomás Garrido, G.M., Manual de bioética. Coord. Gloria María Tomás Garrido (152). Barcelona: Editorial Ariel S.A. 2001.
TAPIA, M. Responsabilidad Civil Médica: Riesgo Terapéutico, Perjuicio de nacer y otros problemas actuales. En: Revista de Derecho. 2003.
TEALDI, J. Encuentro Nacional de bioética de las investigaciones biomédicas. TCba Centro de Diagnóstico. Comité de Ética y Programa de Bioética del Hospital de Clínicas-UBA y la Comisión de Bioética, Fundación FEMEBA. 2014.
BIBLIOGRAFIA DE CONSULTA
AZNAR, J. Por qué firmé el manifiesto de Madrid (Nº 4). España: Observatorio de Bioética. Universidad Católica de Valencia. 2009.
BARRACA, J. Bioética desde lo irrepetible de la persona: Una fundamentación de la dignidad de la vida humana en lo único y lo “personal”. Sao Paulo: Prisma Jurídico, São Paulo, 9(2). 2010.
BROMAGE, D. Prenatal diagnosis and selective abortion: a result of the cultural turn? USA: Medical Humanities. 2006.
CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA, SENTENCIA C-591, 7 de diciembre de 1995. MP. José Gregorio Hernández Galindo, exp. D-973.
CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. 1996. Referencia: Expediente T-100472 Magistrado Ponente Fabio Morón Díaz Sentencia T-474/96.
CORTE CONSTITUCIONAL, SENTENCIA C-933, 8 de noviembre de 2007, MP. Jaime Araujo Rentería.
ESCOBAR, M. Bioética. Nuevas Tendencias. Rev. Latinoam. Bioet, 13(1), Ed.24. 2013.
GÓMEZ, C. Manipulación de embriones humanos: algunas objeciones, p.79. Medellín: Revista científica Universidad de Antioquia, 21(1). 2008. LOMBANA, J. Derecho Penal y Responsabilidad Médica. Bogotá: Universidad del Rosario. 2007. p.34.
LÓPEZ, N, (2012, 2ª). Dinámica cerebral y orientación sexual se nace, o se hace, homosexual: una cuestión mal planteada. España: Cuadernos de Bioética. XXIII.
LÓPEZ, N. (2012/2ª XXII, 2011/2ª). Avances de la medicina perinatal y la creciente intolerancia a la discapacidad: España: Cuadernos de Bioética. XXIII.
TEALDI, J. En: Garrafa, Volnei, Kotow, Miguel y Saada, Alya. Estatuto epistemológico de la Bioética. Universidad Nacional Autónoma de México. Red Latinoamericana y del Caribe de Bioética de la UNESCO. Instituto de Investigaciones Jurídicas. México. 2005. p. 36.
MONÉS XIOL, J. & BARRIO MEDRANO, J. L. Aspectos éticos de la práctica médica en el SIDA. Anuario de Medicina Interna. Madrid.
PASCUAL, F.¿Desde qué fundamentos se construye la Bioética? Bioética personalista. 2012.
VELÁSQUEZ, O. Constitucional y legalmente, el nasciturus es persona y titular del derecho a la vida. En: Revista Persona y Bioética. (1). 2006.
VILLARROIG, J. La desaparición silenciosa: a propósito del cribado eugenésico de las personas con Síndrome de Down. En: Cuadernos de Bioética. 2012