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				<journal-title>Verba Iuris</journal-title>
				<abbrev-journal-title abbrev-type="publisher">Verba Iuris</abbrev-journal-title>
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			<issn pub-type="ppub">0121-3474</issn>
			<issn pub-type="epub">2619-3752</issn>
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				<publisher-name>Universidad Libre de Colombia</publisher-name>
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			<article-id pub-id-type="publisher-id">00003</article-id>
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					<subject>Artículos</subject>
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				<article-title>LA NECESIDAD COLECTIVA DE INCLUSION Y DE PARIDAD DE LA MUJER EN LA CONSTITUYENTE CHILENA DEL 2022</article-title>
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					<trans-title>THE COLLECTIVE NEED FOR WOMEN’S INCLUSION AND PARITY IN THE CHILEAN CONSTITUENT OF 2022</trans-title>
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					<contrib-id contrib-id-type="orcid">0000-0002-7033-9881</contrib-id>
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						<surname>Pérez Portillo</surname>
						<given-names>Soraya</given-names>
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					<institution content-type="original">Doctora en Estudios Políticos de la Universidad Externado de Colombia. Magíster, en Análisis de Conflictos, Políticos, económicos e internacionales Contemporáneos y Magíster en Derecho Público. Docente investigadora del Departamento de Derecho Constitucional de la misma universidad Externado. Con experiencia en el sector público, donde se desempeñó como asesora en la Defensoría del Pueblo, Bogotá, Colombia. E-mails: soraperezpo@gmail.com soraya.perez@uexternado.edu.co CVLAC - RG (minciencias.gov.co) Investigadora Junior. ORCID 0000-0002-7033-9881 Grupo de investigación en Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia. Estudios Generales de Derecho Público. Categoría A1 MINCIENCICIAS</institution>
					<institution content-type="normalized">Universidad Externado de Colombia</institution>
					<institution content-type="orgname">Universidad Externado de Colombia</institution>
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					<email>soraperezpo@gmail.com</email>
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			<pub-date date-type="pub" publication-format="electronic">
				<day>10</day>
				<month>07</month>
				<year>2023</year>
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			<pub-date date-type="collection" publication-format="electronic">
				<season>Jul-Dec</season>
				<year>2023</year>
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			<issue>50</issue>
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				<license license-type="open-access" xlink:href="https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/" xml:lang="es">
					<license-p>Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons</license-p>
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			<abstract>
				<title>RESUMEN</title>
				<p>Las necesidades colectivas muestran realidades sociales que se deben superar, para lo cual, desde la Organización de Naciones Unidas se trabaja en la Agenda 2030, a fin de alcanzar Objetivos y Metas que reduzcan estos niveles en especial sobre en la lucha contra el empobrecimiento ODS 1 y la igualdad de género ODS 5. Estas necesidades tienen su contexto en América Latina, igualmente enfocada con los Objetivos mundiales, exigiendo a los Estados una actitud proactiva en la materialización de la igualdad. </p>
				<p>Los procesos constituyentes latinoamericanos aperturistas e incluyentes reflejan en sus propuestas y nuevos marcos constitucionales, la constitucionalización de estas necesidades plasmadas en principios fundantes y en derechos de distinta generación, los que, son justiciables. </p>
				<p>La paridad Política en específico, en el Proceso Constituyente de Chile, que se manifestó en la integración de los y las convencionales, en la Convención Constituyente, hito en el constitucionalismo mundial, que buscaba a través de un encuentro político amplio, generar un nuevo horizonte, incluyente hacia la mujer y en el reconocimiento de los pueblos indígenas ancestrales que habitan el territorio chileno y en el pluralismo jurídico incluyente, fue rechazado por el pueblo en consulta, plebiscito de salida. La propuesta de una nueva Constitución Política, sin embargo, fue positiva, en explorar nuevos planteamientos constitucionales, que seguramente se retomarán en un nuevo itinerario constituyente.</p>
			</abstract>
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				<title>SUMMARY</title>
				<p>Collective needs show social realities that must be overcome, for which, the United Nations Organization in working on the 2030 Agenda, in order to achieve Objectives and Goals that reduce these levels, especially in the fight against impoverishment SDG1 and gender equality SDG 5. These needs have their context in Latin America, equally focused with the global Goals, demanding that States take a proactive attitude in materializing equality.</p>
				<p>The open and inclusive Latin American constituent processes reflect in their proposals and new constitutional frameworks, the constitutionalization of these needs embodied in founding principles and in rights of different generations, which are justiciable.</p>
				<p>Political parity specifically, in the Constituent Process of Chile, which was manifested in the integration of the conventional ones, in the Constituent Convention, a milestone in world constitutionalism, which sought, through a broad political meeting, to generate a new horizon, inclusive towards women and in the recognition of the ancestral indigenous peoples that inhabit Chilean territory and in inclusive legal pluralism, was rejected by the people in consultation, exit plebiscite. The proposal for a new Political Constitution, however, it was positive, in exploring new constitutional approaches, which will surely be taken up again in a new constituent itinerary.</p>
			</trans-abstract>
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				<title>PALABRAS CLAVE:</title>
				<kwd>Paridad política</kwd>
				<kwd>convención constituyente</kwd>
				<kwd>constitucionalismo latinoamericano</kwd>
				<kwd>plurinacionalidad</kwd>
				<kwd>necesidades colectivas</kwd>
			</kwd-group>
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				<title>KEYWORDS:</title>
				<kwd>Political parity</kwd>
				<kwd>Constitutional convention</kwd>
				<kwd>Latin American constitutionalism</kwd>
				<kwd>plurinationality and collective needs</kwd>
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		<sec sec-type="intro">
			<title>INTRODUCCION</title>
			<p>Es una función del Estado atender necesidades colectivas en el cumplimiento de los fines institucionales, la satisfacción del interés general de la población que exigen manifestaciones concretas en mejorar las condiciones de vida de sus habitantes. En este sentido, son varios los llamados internacionales a fin que se realicen políticas públicas específicas en la construcción de sociedades cada vez más justas y resilientes.</p>
			<p>Las necesidades colectivas exigen a los Estados medidas particulares encaminadas a superar los índices de pobreza y exclusión de las personas, por ejemplo, frente a la primera, superar los niveles de pobreza, corresponde a necesidades fisiológicas que permiten mantener la vida, la segunda, buscar la inclusión, requiere suplir necesidades del <italic>ser</italic> y de su autoreconocimiento. Frente a la pobreza, las políticas públicas pueden encaminarse a ampliar las redes de servicios públicos en ampliación de redes, en telefonía, internet, agua, luz, alcantarillado, en este sentido la carencia de estos servicios en grandes sectores de la población, muestran el nivel de subdesarrollo de los Estados contemporáneos, medible a escala internacional donde, “Unos 783 millones de personas vive por debajo del umbral de pobreza internacional, con 1,90 dólares diarios”. Como también es medible la exclusión, “En el mundo existen 122 mujeres, entre los 25 y 34 años, que viven en extrema pobreza por cada 100 hombres del mismo grupo de edades” <xref ref-type="bibr" rid="B9">ONU. (s.f.)</xref> Objetivos de Desarrollo Sostenible <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/poverty/">https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/poverty/</ext-link>. Razones por las que, desde la organización gubernamental internacional, de Naciones Unidas, se hace un llamado a encaminar la actividad prestacional del Estados a fin de disminuir estos déficits materiales, con el propósito de avanzar en la construcción de sociedades cada día más justas, en los llamados Objetivos de Desarrollo Sostenible.</p>
			<p>Con relación a Chile, el compromiso de hacer viables los objetivos de Desarrollo sostenible, en la idea de la inclusión y en la lucha contra la pobreza, se insertan en sus cometidos internacionales, como ha manifestado su interés en el marco del trabajo de las Naciones Unidas. De esa manera, en septiembre del 2015, Chile como parte de 193 países miembros de la Organización de Naciones Unidas suscribió y se comprometió al cumplimiento del nuevo programa de desarrollo sostenible: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. </p>
			<p>La brecha que ocasionan las desigualdades sociales como la generada por causa de la discriminación de género, implica la puesta en práctica de una sociedad incluyente que materialice la igualdad de género como derecho humano fundamental y esencial para construir un mundo pacífico, próspero y sostenible, lo recalca el Objetivo de Desarrollo Sostenible, número 5, al propender por sociedades más igualitarias, no solamente, para que la mujer se posicione en el centro de las economías que encause el desarrollo para todos, como también en la asunción de una ciudadanía activa que conlleve a su autorrealización. Ello, implica una apertura de los espacios políticos, antes cerrados a la presencia no solo física de la mujer, sino conducirla a ejercer un liderazgo activo, con la participación en los procesos democráticos desde el proceso de votación, al ejercicio de empoderamiento como candidata para los cargos de dirección pública, de manera que, la mujer haga presencia donde ha brillado por su ausencia en cargos direccionales que le permitan ser parte de la construcción políticas públicas. En ese sentido, se requiere más presencia de la mujer en los parlamentos del mundo<italic>,</italic> lo que ha venido ocurriendo de manera destacable, sin alcanzar <italic>la paridad política</italic>.</p>
		</sec>
		<sec>
			<title>LA PARIDAD ENTRE EL HOMBRE Y LA MUJER EN CONTEXTO LATINOAMERICANO.</title>
			<p><italic>La paridad entre los géneros</italic> en los sistemas democráticos es una meta a alcanzar en los órganos de representación política, en los congresos nacionales, en las asambleas y concejos territoriales de los estados, por cuanto, es su competencia la producción legislativa, y esa igualdad entre hombres y mujeres permite una mayor riqueza deliberativa. Al respecto, T. Gurirab, anota:</p>
			<disp-quote>
				<p>Sabemos que la participación de las mujeres influye en la política. Las mujeres aportan a la política puntos de vista, aptitudes y perspectivas diferentes que ayudan a conformar el programa político. Los cambios en la manera en que funcionan los parlamentos reflejan la influencia positiva de la presencia de las mujeres: una mejor forma de expresarse y comportarse; un orden de prioridades diferente de las cuestiones y políticas; la sensibilidad hacia las cuestiones de género en todos los aspectos del gobierno, especialmente en la elaboración de los presupuestos; y la introducción de nueva legislación y cambios a las leyes vigentes. La participación de las mujeres en la toma de decisiones de gobierno está dando una visibilidad política importante a los derechos de las mujeres en todo el mundo. Aunque las mujeres no son un grupo homogéneo, tienden a apoyar a otras mujeres y han contribuido a incorporar los intereses y las preocupaciones de las mujeres a los programas parlamentarios. (<xref ref-type="bibr" rid="B5">GURIRAB</xref>. (s.f.) “Las mujeres en la política - La lucha para poner fin a la violencia contra la mujer”. Crónicas. <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://www.un.org/es/chronicle/article/las-mujeres-en-la-politica-la-lucha-para-poner-fin-la-violencia-contra-la-mujer">https://www.un.org/es/chronicle/article/las-mujeres-en-la-politica-la-lucha-para-poner-fin-la-violencia-contra-la-mujer</ext-link>
				</p>
			</disp-quote>
			<p>Si esta presencia de la mujer es resaltada en los parlamentos, tanto o más lo es, la paridad de géneros en la conformación de las asambleas o convenciones constituyentes, que tienen por fin, dotar a un Estado, de su Constitución Política. Tendencia que viene en auge desde finales de siglo XX y comienzos del siglo XXI, en los procesos constituyentes latinoamericanos.</p>
			<p>En Colombia, la Asamblea Nacional Constituyente de 1991 que produjo la Constitución Política de los colombianos de ese año, se conformó con un total de 74 asambleístas 70 elegidos popularmente dentro de los elegidos, 4 mujeres representaban a diferentes partidos políticos, lo que representa el 1% de los y las asambleístas. Ese mismo año en Paraguay, se estableció la agenda para el cambio de la Nueva Ley Fundamental del Paraguay. El 1 de diciembre de 1991 se realizaron elecciones nacionales. Se eligieron 198 convencionales que fueron los responsables de redactar la nueva Constitución y el 30 de diciembre, quedó integrada la Convención Nacional Constituyente, (CNC), por 176 convencionales varones (89%) y 22 convencionales mujeres (11%)-</p>
			<p>En relación con la conformación de la Asamblea Constituyente de la república del Ecuador de 2008, se conformó con 120 miembros, el movimiento de mujeres, se instituyó previamente como mandante, en un proceso de autoreferenciamiento, entendido como, que cada cual se representa a sí misma y que todas representan a todas.</p>
			<disp-quote>
				<p>“<italic>En la coyuntura de la Asamblea de Montecristi, la Agenda de las Mujeres para la Nueva Constitución planteó múltiples reivindicaciones aglutinadas en grandes temas, a ser incluidas en los capítulos de la carta política, entre otros derechos abogaban por: …·i</italic>gualdad y no-discriminación: principio de la acción pública y la convivencia social, que requiere sólidas políticas y medidas de ‘acción positiva’. Derechos sexuales y derechos reproductivos. Institucionalidad para la igualdad de las mujeres”. (<xref ref-type="bibr" rid="B7">Jaramillo, P. 2008</xref>. Los derechos de las mujeres en la nueva Constitución. <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="http://www2.institut-gouvernance.org/en/analyse/fiche-analyse-452.html">http://www2.institut-gouvernance.org/en/analyse/fiche-analyse-452.html</ext-link>) </p>
			</disp-quote>
			<p>En Bolivia, con relación a la Asamblea Nacional Constituyente del Estado Plurinacional de Bolivia de 2009, contó con 255 asambleístas el 33% correspondió a las mujeres bolivianas.</p>
			<p>Vale traer a colación, la participación política de la mujer en la asamblea constituyente de la ciudad de México. Es un proceso constituyente de interés desde la perspectiva de la participación política de la mujer a nivel subnacional, que determinó la Transición del Distrito Federal hacia la naciente Ciudad de México como una entidad federativa más de la República mexicana en el 2017. La integración de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, correspondió un total de 100 asambleístas, 49 mujeres. Paridad de género, para un periodo 5 meses, 15 de septiembre de 2016, fecha en la que celebró su sesión de instalación, hasta el 31 de enero de 2017, en la que el pleno aprobó todo el articulado.</p>
			<p>Las necesidades de inclusión, es una cuestión social que motiva el cambio constitucional, a la par de apertura al sujeto ancestral como lo fue en el constitucionalismo de 1991 en Colombia, cuando se enuncia como una sociedad multiétnica, pluricultural y plurinlingüística. Y qué no decir, de los profundos cambios <italic>refundacionales</italic> de Ecuador 2008 y de Bolivia2009, Estados que se refundan en el marco plurinacional, e incluso se observa en la Constitución de Venezuela de 1999. </p>
			<p>Giros deliberativos que se percibieron en los procesos constituyentes antes mencionados de Venezuela, Ecuador, y en el Estado Plurinacional de Bolivia, desde la convocatoria a través de procesos consultivos de refrendación, que propiciaron un cambio en la idea de participación antes anclada a mecanismos igualmente excluyentes de un constitucionalismo formal y elitista. Es por ello que, en América Latina se produce un ciclo constitucional que se moderniza y a su vez, irrumpe con un proceso de transformaciones profundas, sobre el viejo constitucionalismo. (R. <xref ref-type="bibr" rid="B11">Martínez Dalmau, 2008</xref>, 8) </p>
		</sec>
		<sec>
			<title>EL ESCENARIO DE PARIDAD E INCLUSION EN EL CONSTITUYENTE CHILENO 2022</title>
			<p>El momento constituyente chileno, tuvo la contingencia de ser atravesado por la pandemia de Covid 19, ello implicó dos prórrogas en su desarrollo. El “plebiscito de entrada” fijado inicialmente para el 20 de abril que se postergó 6 meses, hasta el 25 de octubre de 2020, en la consulta denominada, “Plebiscito Nacional 2020”, que convocó a una Convención Constituyente, como se dispuso por los chilenos. El plebiscito votado mayoritariamente en el apruebo, con un respaldo del 78,27% frente a al 21.27% del rechazo, no dejaba lugar a dudas, en el manifiesto por el interés de darse un nuevo marco político, al obtener la mayor votación en la historia electoral chilena, con un total de 7.562.173 de votos voluntarios<bold>.</bold></p>
			<p>La Convención Constituyente realizó su encargo, la propuesta de una Constitución Política para la República, se entregó al Señor Presidente, Gabriel Boric, quien firma y envía a al Diario Oficial. La propuesta de Constitución Política que se consulta al pueblo, fue rechazada en el denominado “plebiscito de salida”, consulta que se realizó, finalmente, el 4 de septiembre de 2022, con un 62%, en una votación altamente mayoritaria frente al 38.1% del apruebo, esta vez, con un voto obligatorio, deja grandes lecciones para el constitucionalismo chileno y latinoamericano. </p>
			<p>El proceso constituyente chileno realizado entre el 2020 y el 2022, fue el resultado de grandes movimientos social exasperados de un constitucionalismo excluyente, elitista, formal, que solo enuncia los derechos civiles de los chilenos, y que, refleja el híper-presidencialismo de la rama ejecutiva, resultado de la salida de la dictadura en 1980. situaciones que, en este país austral, se hizo el intento de transformar fallidamente al votarse negativamente en el llamado plebiscito de salida. Proceso constituyente que seguramente, volverá a producirse bajo la experiencia y lecciones aprendidas, en la medida que, el poder del pueblo en darse una nueva constitución no se agota. Además, el estallido social reflejaba, también, un cúmulo de necesidades y de carencias por los altos costos que daba cuenta el servicio de transporte</p>
			<p>La Convención Constitucional, como órgano encargado de la redacción de la nueva constitución, obtuvo un 78,99% frente a otra propuesta de una Convención Constitucional Mixta que solo obtuvo, un 21,01%, en la votación del Plebiscito Nacional 2020. La elección de los y las Convencionales Constituyentes, se llevó a cabo en dos días, el 15 y 16 de mayo de 2021, se eligieron 155 Convencionales, acorde, a los preacuerdos celebrados de la Mesa Técnica del 6 de diciembre de 2019, elevados a reforma constitucional en diciembre de ese mismo año.</p>
			<p>En desarrollo de los preacuerdos de la Mesa Técnica, en materia de paridad de la mujer y el hombre en la conformación de la Convención Constituyente, se expide la Ley 21.216 promulgada el 20 de marzo de 2020. Lo que posiciona a Chile como el primer país en una conformación paritaria en un proceso constituyente y en el logro de las metas de la lucha feminista al interior de las fronteras, e indiscutiblemente, como referente a nivel mundial. Al interior del país, en atención a la tendencia demográfica la mujer es sensiblemente mayoritaria como se observa en el Censo poblacional de 2017. La población efectivamente censada en el país llegó a un total de 17.574.003 personas, 8.601.989 (48,9%) son hombres y 8.972.014 (51,1%), mujeres, como lo informa el Instituto Nacional de Estadísticas, INE. </p>
			<p>Dentro del estallido social, previo a los acuerdos preconvencionales de 2019, las manifestaciones de los colectivos feministas se hicieron escuchar junto al grueso de reivindicaciones sociales, que tienen a Chile como un país marcado por una alta desigualdad en la distribución de ingresos. Las protestas se transformaron en un estallido social con el incremento de las tarifas en el transporte público, hecho que, sirvió como un elemento que exacerbó el ambiente social, ya caldeado, para producir saqueos, incendios y daños en bienes públicos. Las protestas se tomaron todo el territorio del país, lo que implicó la reacción de la autoridad, que en primera instancia se observó perpleja ante los hechos que se sucedían, luego, se tornó excesiva en el control de un orden público esquivo.</p>
			<p>En materia de igualdad de género en los procesos políticos, ya se habían denunciado las malas prácticas de los partidos políticos, que consistía en solo designar hombres para las elecciones, costumbre que, había que entrar a considerar a fin que tuvieran en cuenta a la mujer, en ese cometido se promulgó la Ley 20.840, que estableció la ley de cuotas, esta se fundamenta en que los partidos políticos deben presentar el 40% de mujeres como candidatas para las corporaciones, entre el 2017 al 2029. Revisando estos cometidos y cumplido la mitad de este periodo, ya se observa el cambio en la representación de la mujer en Chile en los procesos electorales internos, <italic>“…en las últimas elecciones parlamentarias, se logró un incremento de cerca de 7 puntos porcentuales, superior a los 1,6 puntos promedio. De 15,8% de representantes mujeres se aumentó a 22,6% en la Cámara de Diputados (de 19 a 35 diputadas, de un total de 155 escaños) y a 23,3% en el Senado (de 6 a 10 senadoras, de un total de 43 escaños).” (K. Díaz Campos. En.</italic><ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://conferenciaclacso.org/programa/resumen_ponencia.php?&amp;ponencia=Conf-1-3623-23201&amp;"><italic>https://conferenciaclacso.org/programa/resumen_ponencia.php?&amp;ponencia=Conf-1-3623-23201&amp;</italic></ext-link>
			</p>
			<p>La población indígena originaria de Chile se compone de 2 millones de personas que se declaran pertenecen a un pueblo indígena, están generalmente representada en la Gente del Norte, los Picunches; la gente de la Tierra, los Mapuches y la Gente del Sur, los Huilliches, y mediante la Ley 19.253 tienen reconocimiento, los, Mapuches, Aymara, Rapa Nui, Atacameños o Lickan, Antai, Quechua, Colla, Chango, Diaguita, Kawésqar y Yagan. En el proceso constituyente la población indígena contó con 17 escaños reservados, establecidos mediante la Ley 21 298, dentro de los 155 que componen la Convención Constitucional. </p>
			<p>Lo cierto, es que, de la experiencia de los procesos constituyentes de Colombia, Venezuela, Ecuador y Bolivia, … “<italic>la otredad indígena emerge del constitucionalismo liberal a un nuevo constitucionalismo democrático de raigambre latinoamericano contemporáneo, otorgándole un peso de legitimidad institucional a través de procesos políticos incluyentes e igualitarios de grupos étnicos no tenidos en cuenta en la modernidad y manifiestos en los momentos constituyentes</italic>”. (<xref ref-type="bibr" rid="B16">S. Perez. 2020</xref>, 23).</p>
			<p>Del pueblo Mapuche, la convencional Elisa Loncón, fue elegida como presidenta de la Convención Constituyente, mujer e indígena, representante de un cambio paradigmático en Chile, de los 155 convencionales, 96 votaron en mayoría absoluta en segunda vuelta, a fin de presidir el Órgano encargado de realizar una propuesta de nueva Constitución. En sus primeras palabras, la presidente de la Convención Constituyente, en esta dignidad, manifestó, <italic>&quot;Se puede dialogar con nosotros, que no nos tengan miedo, porque también se ha instalado mucho la política del miedo. O sea, se instala una candidata indígena, mapuche y hay mucho prejuicio. Entonces, esto también es un llamado a liberarnos de nuestros prejuicios y relacionarnos en igualdad de condiciones&quot;</italic>. (BBC News.2021). A Elisa Loncón la sucedería otra mujer en la conducción de la Convención Constituyente, María Elisa Quinteros, científica dedicada a la epidemiología.</p>
			<p>La propuesta constitucional de los Convencionales era transformar a Chile en un Estado Plurinacional, que a su vez, se establecía el reconocimiento de un pluralismo jurídico cuestión que, permitía la coexistencia judicial, del sistema general ordinario de justicia y el de los pueblos indígenas, acorde a sus usos y costumbres. La idea la plurinacionalidad, no se entendió por el electorado chileno en el Plebiscito de salida. Igual otras normas no se entendieron, como la Regionalización de Chile, el Estatuto del agua, y, el tema la reorganización del poder judicial.</p>
			<p>No se puede perder de vista que la Convención Constituyente entregó un texto constitucional, a tiempo, que fue publicado en el Diario Oficial, y aún se debate, porqué se votó por el rechazo en el plebiscito de salida. Para el historicismo constitucional chileno es otro proceso constituyente, frustrado, en la medida que se suma al adelantado por la expresidenta Michelle Bachelet, que produjo un documento denominado, <italic>Bases ciudadanas para una nueva Constitución</italic>, que pretendía reformar la Constitución de 1980, texto que, alcanzó a presentar al Congreso al final de su mandato en el 2018, el cual, no tendría eco en la administración entrante de Sebastián Piñera.</p>
			<p>El texto redactado por la Convención en el 2022, en sus 388 artículos, establecía, que Chile se definía como un Estado democrático, inclusive y paritario, que garantiza la participación de toda persona en especial la de los grupos históricamente excluidos. En opinión de Ramiro Ávila, … “<italic>el proyecto de Constitución, está dentro de los avances doctrinarios y de las necesidades del siglo XXI. Hasta se podría afirmar que la Constitución ofrece una respuesta a todas las demandas que originaron el proceso constituyente como una solución para canalizar democráticamente un conflicto social grave y profundo</italic>”. (R. Ávila. 2022, 19)</p>
			<p>En materia de inclusión vale destacar un análisis de Claudia Storini, en materia de derechos fundamentales y de garantías que catalogó como positivo en el proyecto de Constitución.</p>
			<disp-quote>
				<p>La inclusión de la paridad y perspectiva de género en el texto constitucional resulta crucial para garantizar la igualdad y no discriminación de las actuales y futuras generaciones.</p>
			</disp-quote>
			<disp-quote>
				<p>Destacan el derecho a una vida libre de violencia de género, perspectiva de género en la justicia, derechos sexuales y reproductivos, derecho a la identidad, principios de paridad y representación política paritaria e inclusiva. Se consagran los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello. Se asegurará a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, su interrupción voluntaria, parto y maternidad voluntarios y protegidos. (C. <xref ref-type="bibr" rid="B10">Storini. 2022</xref>,17)</p>
			</disp-quote>
			<p>Es manifiesto que el proyecto de Constitución Política, realizado en Chile en los dos años de trabajo discontinuo por una Pandemia universal, que obligó a realizar prorrogas en la agenda de trabajo de los Convencionales, que a pesar de la contingencia de salud pública, logró repensar al Estado y su institucionalidad en la realización de principios y derechos que le daban un mayor anclaje al contenido democrático, en propiciar una sociedad incluyente frente a grupos humanos originarios presentes en el territorio nacional, y un aporte, a la igualdad de género, hombres y mujeres que la construcción de un proyecto político común.</p>
		</sec>
		<sec sec-type="conclusions">
			<title>CONCLUSIONES</title>
			<p>El proceso constituyente de Chile llevado a cabo entre los años 2020 y 2022 fue audaz en la inclusión de nuevos derechos, en los conceptos de ampliación democrática y del alcance de sus contenidos; en materia del reconocimiento de los pueblos ancestrales, los pasos fueron gigantes pero incomprendidos. Con relación al propósito de hacer realidad la igualdad sustancial de las mujeres, quedó escrito todo un campo de derechos, desde la paridad política, a la amplitud de la fudamentalidad de todos sus derechos.</p>
			<p>Las necesidades colectivas de una sociedad desigual en la distribución de bienes y servicios, quedó rezagada a la continuidad de proyecto económico forjado desde el autoritarismo.</p>
			<p>Retomar el itinerario hacía un nuevo proceso constituyente es el reto de primer mandatario y de los chilenos y de las chilenas, en su capacidad de lograr acuerdos por vía de la deliberación y del consenso, a fin de que, se derrumben las barreras que impiden conversar sobre temas prioritarios de la vida política y ante necesidades colectivas insatisfechas. </p>
		</sec>
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			<title>REFERENCIAS</title>
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				<mixed-citation>CEPAL. (2010) Reunión internacional sobre buenas prácticas de políticas públicas para el Observatorio de la igualdad de género de América Latina y el Caribe. Chile. </mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
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						<collab>CEPAL</collab>
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					<year>2010</year>
					<source>Reunión internacional sobre buenas prácticas de políticas públicas para el Observatorio de la igualdad de género de América Latina y el Caribe</source>
					<publisher-loc>Chile</publisher-loc>
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				<mixed-citation>Consejería Presidencial para la Juventud, la mujer y la familia, et al. (1995) Planeación con perspectiva de género. Ed. Universidad Externado de Colombia. Consejería Presidencial para la Juventud, la Mujer y la Familia y el Consejo Británico. Bogotá.</mixed-citation>
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				<mixed-citation>Díaz Campos, Karen. “Participación paritaria, inclusiva y plurinacional en el proceso constituyente chileno”. Resumen de ponencia. Clacso Unam. En. <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://conferenciaclacso.org/programa/resumen_ponencia.php?&amp;ponencia=Conf-1-3623-23201&amp;">https://conferenciaclacso.org/programa/resumen_ponencia.php?&amp;ponencia=Conf-1-3623-23201&amp;</ext-link>
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				<mixed-citation>Güemes, María Cecilia. (2011) Estrategia metodológica para un análisis del impacto de las políticas públicas sobre la confianza social. Circunstancia. Año IX - Nº 26 - septiembre 2011 En. <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="http://ortegaygasset.edu/fog/ver/1203/circunstancia/ano-ix---n--26---septiembre-2011/articulos/estrategia-metodologica-para-un-analisis-del-impacto-de-las-politicas-publicas-sobre-la-confianza-social">http://ortegaygasset.edu/fog/ver/1203/circunstancia/ano-ix---n--26---septiembre-2011/articulos/estrategia-metodologica-para-un-analisis-del-impacto-de-las-politicas-publicas-sobre-la-confianza-social</ext-link>
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				<mixed-citation>Pérez Portillo, Soraya. (2020) La otredad indígena en los procesos constituyentes de Colombia 1991, Venezuela 1999, Ecuador 2008 y Bolivia 2009. Universidad Externado de Colombia. Bogotá.</mixed-citation>
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				<mixed-citation>Romero Amaya, María Claudia y Oscar Iván Pérez Hoyos. Editores. Por la igualdad de género: Avances desde el sector privado. Contribuciones al Objetivo de Desarrollo Sostenible 5. Universidad Externado. Bogotá. </mixed-citation>
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				<mixed-citation>Ruiz, Alicia. (2000) Identidad femenina y discurso jurídico. Facultad de Derecho. Universidad de Buenos Aires. Editorial Biblos. Buenos Aires. </mixed-citation>
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