Análisis de la Constitucionalidad del artículo 488 del CST, que regula la prescripción de los derechos laborales, en vigencia de la relación laboral
Palabras clave:
Garantías Mínimas, Irrenunciabilidad, Prescripción, relación laboral, salario, Subordinación, Prestación Social, constitucionalidad, reclamación, exigibilidad, transgresión de derechosResumen
Uno de los Propósitos del texto constitucional y la legislación laboral, es el garantizar la efectividad de los derechos laborales como resultante de una relación laboral, ante el poder dominante que puede ejercer el empleador, entre los cuales se encuentran plasmadas unas garantías mínimas que son irrenunciables, y que por su condición no le permite al trabajador desprenderse de ellas, ni el patrono desconocerlas, pues es esto sería la máxima expresión del abuso del poder que ejerce el patrono. La relación laboral, entendida esta como el vínculo contractual que existe entre una parte llamada patrono y una trabajadora, y que se encuentra materializada mediante la existencia de tres elementos importantes, como lo es el salario, subordinación y la prestación personal del servicio, y que su ejecución garantiza el reconocimiento de unas garantías mínimas (prestaciones sociales) a favor del trabajador, y que por acción del artículo 488 del código sustantivo del trabajo están siendo anuladas, ya sea por no ser reconocidas y canceladas por parte del patrono o porque por acción del artículo citado se están viendo anuladas por el transcurso del tiempo, logrando que se vea ajustada a derecho la conducta arbitraria del patrono, toda vez que la misma norma permite que la prescripción de los derechos labores se cuenta a partir de la exigibilidad de los derechos laborales, sin tener en cuenta que el trabajador se encuentre inmerso en la relación laboral, situación que impide que este accione en procura del goce efectivo de sus acreencias laborales.
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Referencias
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