<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?>
<!DOCTYPE article
  PUBLIC "-//NLM//DTD JATS (Z39.96) Journal Publishing DTD v1.1 20151215//EN" "https://jats.nlm.nih.gov/publishing/1.1/JATS-journalpublishing1.dtd">
<article article-type="research-article" dtd-version="1.1" specific-use="sps-1.9" xml:lang="es" xmlns:mml="http://www.w3.org/1998/Math/MathML" xmlns:xlink="http://www.w3.org/1999/xlink">
	<front>
		<journal-meta>
			<journal-id journal-id-type="publisher-id">rclj</journal-id>
			<journal-title-group>
				<journal-title>Revista Criterio Libre Juridico</journal-title>
				<abbrev-journal-title abbrev-type="publisher">Rev. Crit. Libre Jur.</abbrev-journal-title>
			</journal-title-group>
			<issn pub-type="ppub">1794-7200</issn>
			<publisher>
				<publisher-name>Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, Universidad Libre</publisher-name>
			</publisher>
		</journal-meta>
		<article-meta>
			<article-id pub-id-type="doi">10.18041/1794-7200/clj.2021.v18n1.9389</article-id>
			<article-categories>
				<subj-group subj-group-type="heading">
					<subject>Artículos resultados de procesos de investigación</subject>
				</subj-group>
			</article-categories>
			<title-group>
				<article-title>De la necesidad de plantear la ciudadanía como un derecho humano: migración y exclusión</article-title>
				<trans-title-group xml:lang="en">
					<trans-title>Of the need to propose citizenship as a human right: migration and exclusion</trans-title>
				</trans-title-group>
			</title-group>
			<contrib-group>
				<contrib contrib-type="author">
					<contrib-id contrib-id-type="orcid">0000-0003-2339-4447</contrib-id>
					<name>
						<surname>Obando Cabezas</surname>
						<given-names>Arístides</given-names>
					</name>
					<xref ref-type="aff" rid="aff1"><sup>1</sup></xref>
					<xref ref-type="fn" rid="fn1"><sup>1</sup></xref>
				</contrib>
				<contrib contrib-type="author">
					<contrib-id contrib-id-type="orcid">0000-0001-9527-4714</contrib-id>
					<name>
						<surname>Cruz Claros</surname>
						<given-names>Angie Vanessa</given-names>
					</name>
					<xref ref-type="aff" rid="aff1"><sup>1</sup></xref>
					<xref ref-type="fn" rid="fn2"><sup>2</sup></xref>
				</contrib>
				<aff id="aff1">
					<label>1</label>
					<institution content-type="original"> Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, Universidad del Cauca, Popayan, Colombia</institution>
					<institution content-type="normalized">Universidad del Cauca</institution>
					<institution content-type="orgdiv1">Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales</institution>
					<institution content-type="orgname">Universidad del Cauca</institution>
					<addr-line>
						<city>Popayan</city>
					</addr-line>
					<country country="CO">Colombia</country>
				</aff>
			</contrib-group>
			<pub-date date-type="pub" publication-format="electronic">
				<day>30</day>
				<month>06</month>
				<year>2022</year>
			</pub-date>
			<pub-date date-type="collection" publication-format="electronic">
				<season>Jan-Jun</season>
				<year>2022</year>
			</pub-date>
			<volume>5</volume>
			<issue>1</issue>
			<elocation-id>e-9389</elocation-id>
			<permissions>
				<license license-type="open-access" xlink:href="https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/" xml:lang="es">
					<license-p>Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons</license-p>
				</license>
			</permissions>
			<abstract>
				<title>Resumen: </title>
				<p>El texto tiene como fin analizar la conceptualización de la ciudadanía y las diferentes posturas que la ha representado; así mismo, se pretende estudiar la exclusión-inclusión que representa y por medio del estudio, los diferentes instrumentos internacionales de derechos humanos, vislumbrar la regulación de los derechos políticos y la importancia de su ejecución para el ser humano. Finalmente se presenta como alternativa incluyente la posibilidad de incorporar el derecho humano a la ciudadanía materialmente diferenciada, como una garantía de acceso y ejercicio a los derechos civiles y políticos y a los derechos económicos, social es y culturales a todo ser humano, por su condición personal e independiente de criterios formales</p>
			</abstract>
			<trans-abstract xml:lang="en">
				<title>Abstract:</title>
				<p>The purpose of the text is to analyze the conceptualization of citizenship and the different positions that have represented it, likewise, it is intended to study the exclusion-inclusion that it represents and through the study of the different international human rights instruments, glimpse the regulation of political rights and the importance of their execution for the human being. Finally, the possibility of incorporating the human right to materially differentiated citizenship is presented as an inclusive alternative, as a guarantee of access and exercise of civil and political rights and economic, social and cultural rights to all human beings, due to their personal and independent of formal criteria</p>
			</trans-abstract>
			<kwd-group xml:lang="es">
				<title>Palabras clave:</title>
				<kwd>Ciencias sociales</kwd>
				<kwd>Política</kwd>
				<kwd>Ciudadanía</kwd>
				<kwd>derecho humano</kwd>
				<kwd>migración</kwd>
				<kwd>exclusión</kwd>
			</kwd-group>
			<kwd-group xml:lang="en">
				<title>Keywords:</title>
				<kwd>Social Science</kwd>
				<kwd>Politics</kwd>
				<kwd>Citizenship</kwd>
				<kwd>exclusion</kwd>
				<kwd>inclusion</kwd>
				<kwd>human right</kwd>
			</kwd-group>
			<counts>
				<fig-count count="0"/>
				<table-count count="0"/>
				<equation-count count="0"/>
				<ref-count count="34"/>
				<page-count count="0"/>
			</counts>
		</article-meta>
	</front>
	<body>
		<sec sec-type="intro">
			<title>Introducción</title>
			<p>En el ámbito internacional, la migración forzada es causada por la violencia, el narcotráfico, motivos políticos, entre otros factores, y principalmente, por la falta de acceso y violación fragrante a los derechos humanos, razones que motivan al ser humano a buscar oportunidades de vida digna en otros países. Sin embargo, el migrante al salir de su país de origen y llegar a un país de tránsito o de destino pierde su calidad de ciudadano y se halla con un tipo de discriminación que le niega el acceso a derechos fundamentales para su desarrollo personal y propicia la vulneración de sus derechos. Tal injusticia se ve constituida en la “ciudadanía”, calidad representada como una membresía que propende por la exclusión del otro “el no ciudadano”, en especial de los migrantes. </p>
			<p>Este texto tiene como fin analizar la conceptualización de la ciudadanía y las diferentes posturas que la han representado, así mismo, se pretende estudiar la exclusión-inclusión que representa y por medio del estudio, los diferentes instrumentos en materia de derechos humanos, vislumbrar la regulación jurídica de los derechos políticos y la importancia de su ejecución para el ser humano. Finalmente se presenta como alternativa incluyente la incorporación del derecho humano a la ciudadanía materialmente diferenciada, como una garantía de acceso y ejercicio a los derechos de participación en una sociedad democrática a todo ser humano, por su condición personal e independiente de criterios formales. </p>
		</sec>
		<sec>
			<title>1. La ciudadanía</title>
			<p>En primer lugar, es importante analizar el origen y concepto de la palabra ciudadanía, en tanto proviene del latín <italic>civĭtas</italic>,<italic>civitātis,</italic> que significa ciudad e identifica a la persona como habitante de un lugar. Esta concepción se ve representada desde la civilización de la Antigua Grecia, donde exigían una serie de requisitos para que una persona fuera considerada ciudadana, entre ellos, la libertad, posición social y nivel de riquezas. Por ende, los extranjeros, las mujeres y los esclavos eran aislados de esa condición. En ese sentido, en la historia institucional, las reformas de Solón y de Clístenes tenían como objetivo fortalecer los derechos políticos de quienes formaban parte del selecto grupo de ciudadanos, así se delimitó la ciudadanía como un privilegio, por ser una garantía de libertad en contraposición a la esclavitud (<xref ref-type="bibr" rid="B32">Suárez, 2010</xref>). </p>
			<p>Esta acepción tuvo una importante mutación con las diferentes revoluciones. Se destaca la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano nacida de la Revolución Francesa de 1789 como punto de partida de la universalidad cívica presente en cada comunidad política, al establecer que “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común” (<xref ref-type="bibr" rid="B5">Asamblea Nacional de Francia, 1979</xref>). La importancia de esta prerrogativa radica en la eliminación del término “súbdito” y de discriminaciones infundadas, al consagrar los derechos de los ciudadanos y de toda persona sin excepción.</p>
			<p>Es así como la ciudadanía se define como el <italic>status legal</italic> que otorga el Estado a los individuos que hacen parte de una sociedad, con la condición de garantizar ciertos derechos y exigir obligaciones (<xref ref-type="bibr" rid="B17">Guerrero, 2010</xref>). Tal acepción se limita al ámbito legal y hace necesario el estudio de la ciudadanía como un ideal político que vincule a la comunidad a participar en las decisiones sociales y políticas. Es importante entonces, analizar el actual debate respecto a la ciudadanía desde diferentes concepciones; se destacan la tradición liberal, la comunitarista, la republicana y la multiculturalista. </p>
			<p>De acuerdo a la tradición liberal, la ciudadanía es el estatus jurídico que soporta los derechos que puede disfrutar el individuo, representando un título antes que una práctica política, esto quiere decir que el ciudadano liberal percibe las normas legales como restricciones a su voluntad y pretende la minimización del Estado (<xref ref-type="bibr" rid="B29">Pumarejo, 2017</xref>). En la praxis, este modelo se torna insuficiente para construir una ciudadanía en la sociedad moderna debido a que “no pretende asegurar a todos una pertenencia plena a la comunidad política”( <xref ref-type="bibr" rid="B6">Beneítez, 2004</xref>) ni responde a ciertas particularidades, en tanto la neutralidad liberal que destaca los derechos individuales representa el estudio de la participación política, contexto necesario para el asunto de la ciudadanía (<xref ref-type="bibr" rid="B20">Lell , 2014</xref>). </p>
			<p>Por otro lado, el modelo comunitarista privilegia la comunidad y el vínculo a un grupo concreto, entonces no se pueden entender al ciudadano al margen de la comunidad a la que pertenece, dado que, al identificarse con ella, le debe su lealtad y compromiso (<xref ref-type="bibr" rid="B17">Guerrero, 2010</xref>). En este modelo el cimiento normativo y político es el bien común, encuentra su debilidad en la compulsoria lealtad al grupo, quedando fuera quien no acepte los criterios que se impongan (<xref ref-type="bibr" rid="B18">Horrach, 2009</xref>). “Los comunitaritas consideran que los principios individualistas y racionalistas de la autonomía liberal son disconformes con los principios de la autenticidad” (<xref ref-type="bibr" rid="B29">Pumarejo, 2017</xref>), siendo primordial el compañerismo en la comunidad que sustenta una tradición por encima de las libertades y realización del individuo.</p>
			<p>Según la acepción republicana, el ciudadano se define por su actividad y predisposición hacia la intervención en los asuntos que afectan la esfera pública que le permite reconocerse como miembro de la comunidad política (<xref ref-type="bibr" rid="B23">Mouffe, 1997</xref>). Para el republicanismo su pilar primordial es la ciudadanía “[…] como conjunto de miembros libres de la sociedad política y como la condición que cada uno de ellos ostenta en tanto que componente soberano del cuerpo político” (<xref ref-type="bibr" rid="B29">Pumarejo, 2017</xref>); se concibe como una práctica política en la que no priman los derechos del individuo, sino la vida en conjunto. Se diferencia del pensamiento liberal, por cuanto no considera que los derechos son garantías obligatorias, sino que los define como el medio para lograr los recursos básicos necesarios en la participación de la vida en sociedad por medio de una democracia deliberativa (<xref ref-type="bibr" rid="B15">Ganveta, 2002</xref>). </p>
			<p>El multiculturalismo se cimienta en los conceptos pluralistas culturales y establece que la teoría de la ciudadanía no constituye solo un estatus jurídico que confiere derechos y obligaciones, sino que corresponde a una identidad que no está definida, una identidad dominante. En consonancia, <xref ref-type="bibr" rid="B33">Taylor (1993)</xref> indica que el reconocimiento del multiculturalismo garantiza a los grupos excluidos por la sociedad actual su estatus social y jurídico. Es decir, que a las personas que son ignoradas por la identidad que domina en la región se les reconoce sus particularidades a través de la denominada ciudadanía diferenciada, por ejemplo, la participación femenina en la construcción de ciudadanía y otros procesos con diferentes comunidades (<xref ref-type="bibr" rid="B19">Kymlicka, 1997</xref>; <xref ref-type="bibr" rid="B27">Ordóñez, 2014</xref>; <xref ref-type="bibr" rid="B1">Acevedo Tarazona y Uribe Ochoa, 2015</xref>). </p>
			<p>Las teorías mencionadas conllevan el análisis de la denominada ciudadanía nominal, la cual adjudica derechos a un grupo selecto de individuos y excluye a los demás, por ende, se torna limitada en la práctica y solo propugna por la discriminación histórica. Es necesario entonces, investigar la teoría adecuada que garantice la identidad política común por medio de la fusión de horizontes de los diferentes grupos, esto con el objetivo de lograr una participación social, política y jurídica activa en el marco de la sociedad democrática. </p>
			<p>De antemano se puede indicar que la propuesta acertada es la ciudadanía materialmente diferenciada, definida por <xref ref-type="bibr" rid="B24">Obando Cabezas y González Ibarra (2014</xref>) como “[…] el derecho a tener derechos diferentes en un plano de igualdad ante la ley” (<xref ref-type="bibr" rid="B24">Obando Cabezas &amp; González Ibarra, 2014</xref>; <xref ref-type="bibr" rid="B22">Martínez y Ordóñez, 2021</xref>); para estos autores, es necesario que la sociedad conceda derechos específicos al individuo que asegure la praxis de la justicia material. Esta teoría propone la inclusión y se basa en los principios de respeto y participación de los individuos en un espacio común. </p>
			<sec>
				<title>1.1. ¿Ciudadanía o exclusión? El derecho a tener derechos.</title>
				<p>La ciudadanía es concebida como una creación legal que conlleva “el derecho a tener derechos”; tal descripción la realiza <xref ref-type="bibr" rid="B3">Hannah Arendt (1998)</xref>, quien indica en su obra <italic>Los orígenes del totalitarismo</italic> que el hombre está subordinado a las instituciones que él mismo decidió crear para regular las relaciones sociales, tales instituciones limitan las garantías, es decir, que los derechos humanos se predican exclusivamente a los “ciudadanos” que forman parte del Estado. Así, la ciudadanía es la prerrogativa necesaria para la ejecución y disfrute de los derechos específicos que contiene la sociedad democrática (<xref ref-type="bibr" rid="B21">Luna Corvera, 2002</xref>). </p>
				<p>Al respecto, conviene hacer alusión a la “teoría cosmopolita de la justicia”, formulada por <xref ref-type="bibr" rid="B7">Seyla Benhabib (2004)</xref>, quien indica que la teoría de Hannah Arendt debe reflexionarse con base en la definición de derecho como un imperativo de tipo moral, que implica la protección de todos los seres humanos, en el entendido de que todas las personas forman parte de un grupo humano. En ese sentido, el derecho a tener derechos, conlleva a ser juzgado por las diferentes opiniones que se ofrezcan en el marco de un “mundo común”, entendido este como el espacio construido a partir de la pluralidad de opiniones en el que convivimos y reconocemos unos con otros “el espacio en el que las cosas se vuelven públicas” <xref ref-type="bibr" rid="B4">Arendt, 2009</xref>, el cual se les niega a quienes no participan en los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en determinado Estado; es decir, que si bien al no ciudadano se le garantizan derechos como la vida y a la libertad, se le niega su pertenencia a una comunidad e imposibilita la posibilidad de construir su identidad <xref ref-type="bibr" rid="B3">Hannah Arendt (1998)</xref>. </p>
				<p>En efecto, cada ser humano tiene derecho a ser percibido y protegido por la comunidad internacional, así como a ser titular de derechos imprescindibles para el desarrollo de la identidad ciudadana. En palabras de Benhabib: “[…] derecho moral a ser reconocido por otros como persona portadora de derechos” (<xref ref-type="bibr" rid="B7">Benhabib, 2004</xref>). No obstante, el estatus de ciudadano depende de las exigencias formales que defina cada legislación nacional, esta membresía especifica que derecho puede ejercer un individuo, así como las condiciones de participación política. </p>
				<p>Lo anterior demuestra que el derecho a la ciudadanía es un proceso legal que incluye a algunos y excluye a otros (<xref ref-type="bibr" rid="B14">Estévez, 2016</xref>); es así, que la persona es considerada ciudadana cuando se identifica con unos principios en común y cumple con los requisitos legales que le permiten ejercer derechos y cumplir obligaciones en la sociedad. Pero, por otro lado, <xref ref-type="bibr" rid="B31">Segato (2002)</xref> refiere que se encuentra la figura del no-ciudadano, el denominado “otro”, quien no cumple con los requisitos preestablecidos y constituye una amenaza a la política estatal. </p>
			</sec>
		</sec>
		<sec>
			<title>2. La regulación de los derechos humanos y los derechos políticos como prerrogativa de la ciudadanía</title>
			<p>En el derecho internacional se reconoce la prevalencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en las Américas, en adelante SIDH, en tanto, ofrece mecanismos legales que permiten a los migrantes exigir sus derechos. Se considera que los derechos humanos tienen potencialidad política para ampliar el marco de aplicación de la ciudadanía, en tanto estos se confieren con motivo en la humanidad y no en la calidad de nacional o ciudadano. La percepción de los derechos humanos se fundamenta en el marco legal de protección a la autonomía individual que permite a la persona actuar en diversos escenarios que conforman la esfera social y política de las personas que han migrado y que no cuentan con un respaldo en el país destino o de tránsito en que se encuentran. Se puede apreciar una confusión al momento de referirse a los “derechos ciudadanos” como “derechos humanos”. Al respecto, vale aclarar que, conforme a la normativa nacional e internacional, los derechos políticos se atribuyen a los ciudadanos y el resto de derechos humanos se confiere a las personas, independientemente de su ciudadanía.</p>
			<p>Ejemplo de la importancia del respeto de los derechos políticos a nivel internacional, es la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que en su artículo 23 señala que el ejercicio de estos derechos contiene “[…] los derechos a la participación en la dirección de los asuntos públicos, a votar, a ser elegido, y acceder a las funciones públicas” (OEA, 1969). En consonancia, la Carta Democrática, en adelante CDI, resalta que la cooperación de la ciudadanía es necesaria para el fortalecimiento del pluralismo político y de la democracia (<xref ref-type="bibr" rid="B8">CIDH, 2009</xref>). </p>
			<p>Los derechos políticos tienen dos aspectos primordiales: “[…] el derecho al ejercicio directo del poder y el derecho a elegir a quienes deben ejercerlo” (<xref ref-type="bibr" rid="B11">Corte IDH, 2013</xref>), ello supone la protección y fortalecimiento de la participación política representativa, la cual, determina que las decisiones son tomadas directamente por los elegidos en representación de una colectividad. Dichos derechos, deben ser garantizados mediante condiciones y medidas efectivas que propugnen la ejecución por parte de su titular, sin discriminación alguna (<xref ref-type="bibr" rid="B12">Dalla, 2012</xref>). En ese sentido, con el fin de satisfacer las expectativas, el fortalecimiento institucional, la democracia representativa y electoral, se debe garantizar la participación ciudadana multidimensional mediante diferentes formas de participación directa, como la consulta popular, qué, convoca a los ciudadanos para que decidan acerca de algún aspecto de vital importancia nacional y participen activamente en la dirección y formación de todo el espectro de las políticas públicas (<xref ref-type="bibr" rid="B9">Corte IDH, 2008</xref>).</p>
			<p>Acorde al artículo 2 de la CDI, la democracia representativa es el pilar del sistema político, constitucional y, a su vez, es la base del Estado de los Estados Americanos, lo que asegura la protección de los derechos políticos y la presencia de un control organizado sobre las actuaciones de los poderes del Estado, lo cual garantiza el ejercicio de la democracia representativa. Como elementos esenciales de la democracia representativa, se encuentran, “[…] el respeto a los DDHH y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de derecho; y la separación e independencia de los poderes públicos” (<xref ref-type="bibr" rid="B26">OEA, 2001</xref>), así como también, el pluralismo y el ánimo de apertura al ámbito social. Sin la presencia de tales elementos, no sería posible la democracia ni la realización de una sociedad pluralista.</p>
			<p>En ese sentido, el SIDH establece la relación directa y orgánica entre el respeto y la salvaguarda de los DD.HH., y la democracia, la cual es un elemento fundamental del orden público (<xref ref-type="bibr" rid="B8">CIDH, 2009</xref>). El artículo 3 del Protocolo 1 adicional a la Convención Europea de Derechos Humanos reconoce y desarrolla los derechos objetivos a votar y presentarse a elección como parte integrante de los derechos políticos, los cuales, en conjunto con otros derechos, deben satisfacerse y en ningún caso los Estados pueden afectarles en su misma esencia ni despojarse de toda eficacia (<xref ref-type="bibr" rid="B10">Corte IDH, 2010</xref>). La única forma de limitación de estos derechos es, la que puede exigirse en una sociedad democrática. Así pues, al tenor de los instrumentos internacionales de DDHH se deben revisar las decisiones que dictan los Estados en uso de su poder de discrecionalidad, verificando si ha ejercitado su poder razonablemente, cuidadosamente y de buena fe, sin recortar los derechos en cuestión hasta un extremo en que afecten su esencia y eficacia (<xref ref-type="bibr" rid="B34">TEDH, 2002</xref>).</p>
			<p>En este punto, es evidente que la naturaleza de la ciudadanía pregona por los derechos y los deberes sociales, es decir, que la persona que tenga la calidad legal de ciudadano puede acceder a los derechos civiles y políticos para ser parte de las decisiones que afecten el ámbito público de su país. Sin embargo, aún con estos derechos, son visibles las desigualdades complejas y la falta de una igualdad material respecto del acceso a las oportunidades y bienestar, en especial para las personas migrantes; una mirada del pensamiento social nos traería consideraciones que sustentarían estas tesis (<xref ref-type="bibr" rid="B28">Ordóñez, Granja Escobar &amp; Luna Nieto, 2018</xref>).</p>
		</sec>
		<sec>
			<title>3. Migración internacional: necesidad de plantear la ciudadanía como un derecho humano</title>
			<p>La migración se motiva en las diferentes realidades sociales que debe vivir el individuo, por cuanto es obligado a buscar nuevas oportunidades de vida en otros países, bien sea porque su vida e integridad personal se encuentran en riesgo, o por la situación económica y de seguridad de su país de origen (<xref ref-type="bibr" rid="B30">Sánchez, 2017</xref>). Al llegar a un nuevo país, ya sea siguiendo los trámites legales necesarios o por vías ilegales, los migrantes se enfrentan a un intercambio cultural impactante, pues se encuentran con una diversidad social, política e ideológica desconocida, que sí es normal para los miembros del país de acogida. Tal diferencia no debe ser justificante para que el Estado propugne por tratos discriminatorios, sino que, por el contrario, lo obliga a reconocer las condiciones especiales que caracteriza a cada grupo específico de individuos, con el fin de que sus derechos se materialicen, sin discriminación negativa alguna. </p>
			<p>En este punto se debe analizar el vínculo entre la migración y la ciudadanía, pues tal como se indicó en un primer momento, la ciudadanía es determinada por cada Estado en particular, que confiere derechos y obligaciones electorales a las personas que cumplan una serie de requisitos. Este concepto, si bien representan un acierto histórico para las naciones, su exigencia legal en la praxis es limitada y excluyente en los países receptores de migrantes, en tanto, realiza una marcada diferenciación entre los ciudadanos y los no ciudadanos (<xref ref-type="bibr" rid="B21">Luna, Corvera, 2002</xref>). </p>
			<p>Así, los migrantes que no ostenten la ciudadanía son marginados de un amplio catálogo de derechos, constituyendo así, una condición discriminatoria para los extranjeros, quienes hacen parte del grupo de los no ciudadanos, diferente a los nacionales-ciudadanos, que si gozan de garantías como la libre circulación, el voto, la posibilidad de permanencia legal en el país y el derecho al trabajo. Esta realidad se basa en el concepto utilitarista de ciudadanía, que indica que solo es posible garantizar el nivel de vida de los ciudadanos, más no de quienes entren como refugiados al país, situación que motiva la restricción en la entrada de los migrantes al país receptor. En otras palabras, la ciudadanía opera como una herramienta para entorpecer el ingreso de los individuos a un país y, aun así, si ingresan, se les mantiene por fuera al limitar sus derechos y obligarlos a permanecer en la calidad de migrantes indocumentados y marginados. </p>
			<p>Ante esta problemática, en la sociedad actual se plantea la posibilidad de construir una política global basada en los derechos humanos que obligue a los Estados a garantizar los derechos políticos y civiles, como el trabajo, la libertad de expresión y el voto de los migrantes. Sin embargo, en esta propuesta sigue presente la ciudadanía nominal y en la práctica no logra el alcance que promete, en tanto, el cumplimiento de los compromisos internacionales de los Estados se suscribe a la soberanía de los mismos (<xref ref-type="bibr" rid="B13">Estevéz, 2016</xref>). Análogamente, la comunidad internacional ha estudiado la reformulación del concepto de ciudadanía desde un enfoque de DDHH, se han planteado diferentes propuestas, como el reconocimiento de los DESC, la integración cultural de los migrantes en las sociedades y la posibilidad de ampliar gradualmente los derechos en el país receptor. Tales propuestas se plantean a la luz del liberalismo económico como un discurso intertextual que elimina las limitaciones territoriales contenidas en la ciudadanía; aun así, en plano hipotético de que cada país reconozca más derechos a los migrantes, le discriminación injustificada seguiría presente por la dimensión ilegal de su situación (<xref ref-type="bibr" rid="B2">Arbelaez, Rojas, &amp; Arbelaez, 2018</xref>).</p>
			<p>Con el fin de brindar una solución a esta problemática, se presenta como alternativa plausible la posibilidad de declarar la ciudadanía como un derecho humano, propuesta que sugiere el reconocimiento del derecho de todos los seres humanos a migrar y a tener derechos independientemente del país donde se encuentren y de la ciudadanía nominal. En efecto, la ciudadanía debe percibirse más allá del marco jurídico y analizarse como un principio de articulación de la vida pública en conjunto con el planteamiento moral del derecho a tener derechos, en tanto, es concedido por la humanidad y quien lo recibe es una persona singular. Este derecho moral no puede percibirse como un beneficio para quien tenga una identidad dominante que se imponga a otras por razones de nacimiento o etnia, sino que debe realizarse como una prerrogativa moral fundamental que permita la participación en la sociedad.</p>
			<p>La importancia de esta propuesta radica en la posibilidad de que todo ser humano, por su condición humana, tenga la oportunidad y la obligación de participar en las estructuras de la vida pública de un territorio, sin importar sus lazos históricos con esa comunidad. Se pretende el reconocimiento de la dignidad política del ciudadano por medio de un programa político y jurídico que sea desarrollado de nivel internacional. Se considera esencial proyectar una definición de ciudadanía que trascienda los límites territoriales y se desarrolle desde el Derecho Internacional de los Derechos Humanos; en la praxis se espera que, con base en los valores de igualdad y diversidad (<xref ref-type="bibr" rid="B16">Granja, 2022</xref>), la ciudadanía sea materialmente diferenciada y permita atender los reclamos de la justicia social. En el plano de la educación democrática, se proyecta la formación de ciudadanos con pensamiento crítico que ejerzan sus derechos humanos, en especial los políticos y participen activamente en la gestión de los asuntos públicos.</p>
		</sec>
		<sec sec-type="conclusions">
			<title>4. Conclusiones</title>
			<p>El fenómeno masivo de la migración en las américas resalta la necesidad de incorporar un modelo de ciudadanía que responda a las necesidades de las sociedades interculturales y sea idóneo para expresar una cohesión social que supere los fundamentos individualistas y las bases territoriales, que permita reconocer las identidades diferenciadas. Es necesario que la ciudadanía se manifieste no solo como un precepto legal sino como un derecho que permita a todo ser humano ser sujeto de derechos y participar activamente en los colectivos presentes en la sociedad. De esa forma, el ejercicio del ciudadano no debe limitarse al ejercicio de los derechos civiles y políticos y de los DESC, sino que también debe permitir la comunicación entre individuos, así como el acceso a la información y a los espacios públicos en condiciones de igualdad material. </p>
			<p>En el marco de los derechos humanos, el concepto de ciudadanía pertinente es aquel “[…] donde se configuran derechos y una nueva praxis jurídica por parte de los individuos, más allá de sus fronteras nacionales, agenciadas por la salvaguarda de organismos supranacionales” (<xref ref-type="bibr" rid="B25">Obando Cabezas, 2020</xref>, p.30). Tal acepción rechaza la exclusión y propugna por el diálogo con el otro en un espacio que fusione los horizontes de participación y potencialice la ciudadanía a nivel supranacional (<xref ref-type="bibr" rid="B25">Obando Cabezas, 2020</xref>, p.24). La discusión continúa y se espera una discusión interdisciplinaria para lograr el reconocimiento y ejercicio de los derechos diferenciados en el seno de la sociedad democrática actual. </p>
		</sec>
	</body>
	<back>
		<ref-list>
			<title>Referencias</title>
			<ref id="B1">
				<mixed-citation>Acevedo Tarazona, Á., &amp; Uribe Ochoa, C. (2015). Mujeres y ciudadanía: Orígenes de un derecho y un debate sobre la participación política de las mujeres en el gobierno. Revista Guillermo de Ockham, 13(1), 109-116. <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://doi.org/10.21500/22563202.1693">https://doi.org/10.21500/22563202.1693</ext-link>
				</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Acevedo Tarazona</surname>
							<given-names>Á.</given-names>
						</name>
						<name>
							<surname>Uribe Ochoa</surname>
							<given-names>C.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2015</year>
					<article-title>Mujeres y ciudadanía: Orígenes de un derecho y un debate sobre la participación política de las mujeres en el gobierno</article-title>
					<source>Revista Guillermo de Ockham</source>
					<volume>13</volume>
					<issue>1</issue>
					<fpage>109</fpage>
					<lpage>116</lpage>
					<ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://doi.org/10.21500/22563202.1693">https://doi.org/10.21500/22563202.1693</ext-link>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B2">
				<mixed-citation>Arbelaez, D., Rojas, M., &amp; Arbelaez, T. (2018). Apuntes para el debate de las categorías ciudadanía universal, derechos humanos y globalización. Cuestiones Políticas, 139-161.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Arbelaez</surname>
							<given-names>D.</given-names>
						</name>
						<name>
							<surname>Rojas</surname>
							<given-names>M.</given-names>
						</name>
						<name>
							<surname>Arbelaez</surname>
							<given-names>T.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2018</year>
					<article-title>Apuntes para el debate de las categorías ciudadanía universal, derechos humanos y globalización</article-title>
					<source>Cuestiones Políticas</source>
					<fpage>139</fpage>
					<lpage>161</lpage>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B3">
				<mixed-citation>Arendt, H. (1998). Los orígenes del totalitarismo. Madrid: Taurus.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Arendt</surname>
							<given-names>H.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>1998</year>
					<source>Los orígenes del totalitarismo</source>
					<publisher-loc>Madrid</publisher-loc>
					<publisher-name>Taurus</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B4">
				<mixed-citation>Arendt, H. (2009). La condición humana. Buenos Aires: Paidós.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Arendt</surname>
							<given-names>H.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2009</year>
					<source>La condición humana</source>
					<publisher-loc>Buenos Aires</publisher-loc>
					<publisher-name>Paidós</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B5">
				<mixed-citation>Asamblea Nacional de Francia. Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 (26 de agosto de 1979).</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<collab>Asamblea Nacional de Francia</collab>
					</person-group>
					<source>Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789</source>
					<year>1979</year>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B6">
				<mixed-citation>Beneítez, M. (2004). La ciudadanía en la teoría política contemporánea: modelos propuestos y su debate (Tesis doctoral). Madrid. Universidad Complutense de Madrid.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="thesis">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Beneítez</surname>
							<given-names>M.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2004</year>
					<source>La ciudadanía en la teoría política contemporánea: modelos propuestos y su debate</source>
					<comment content-type="degree">Tesis doctoral</comment>
					<publisher-loc>Madrid</publisher-loc>
					<publisher-name>Universidad Complutense de Madrid</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B7">
				<mixed-citation>Benhabib, S. (2004). Los derechos de los otros: extranjeros, residentes y ciudadanos. Madrid: Gedisa.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Benhabib</surname>
							<given-names>S.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2004</year>
					<source>Los derechos de los otros: extranjeros, residentes y ciudadanos</source>
					<publisher-loc>Madrid</publisher-loc>
					<publisher-name>Gedisa</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B8">
				<mixed-citation>CIDH. (2009). Informe Democracia y Derechos Humanos en Venezuela. Capitulo II. Los Derechos Políticos y la Participación en la Vida Pública.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="report">
					<person-group person-group-type="author">
						<collab>CIDH</collab>
					</person-group>
					<year>2009</year>
					<source>Informe Democracia y Derechos Humanos en Venezuela. Capitulo II. Los Derechos Políticos y la Participación en la Vida Pública</source>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B9">
				<mixed-citation>Corte IDH. (2008). Caso Castañeda Gutman Vs. Estados Unidos Mexicanos. Excepciones Preliminares, fondo, reparaciones y costas.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="legal-doc">
					<person-group person-group-type="author">
						<collab>Corte IDH</collab>
					</person-group>
					<year>2008</year>
					<source>Caso Castañeda Gutman Vs. Estados Unidos Mexicanos. Excepciones Preliminares, fondo, reparaciones y costas</source>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B10">
				<mixed-citation>Corte IDH. (2010). Caso Manuel Cepeda Vargas Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia 26 de mayo de 2010.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="legal-doc">
					<person-group person-group-type="author">
						<collab>Corte IDH</collab>
					</person-group>
					<year>2010</year>
					<source>Caso Manuel Cepeda Vargas Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia 26 de mayo de 2010</source>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B11">
				<mixed-citation>Corte IDH. (2013). Caso de la Corte Suprema de Justicia (Quintana Coello Y Otros) Vs. Ecuador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="legal-doc">
					<person-group person-group-type="author">
						<collab>Corte IDH</collab>
					</person-group>
					<year>2013</year>
					<source>Caso de la Corte Suprema de Justicia (Quintana Coello Y Otros) Vs. Ecuador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas</source>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B12">
				<mixed-citation>Dalla, A. (2012). Los derechos políticos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. México: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Dalla</surname>
							<given-names>A.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2012</year>
					<source>Los derechos políticos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos</source>
					<publisher-loc>México</publisher-loc>
					<publisher-name>Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B13">
				<mixed-citation>Estevéz, A. (2016). ¿Derechos humanos o ciudadanía universal? Aproximación al debate de derechos en la migración. Revista Mexicana de Sociología.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Estevéz</surname>
							<given-names>A.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2016</year>
					<article-title>¿Derechos humanos o ciudadanía universal? Aproximación al debate de derechos en la migración</article-title>
					<source>Revista Mexicana de Sociología</source>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B14">
				<mixed-citation>Estévez, A. (2016). Human rights or universal citizenship? Approaches to the debate on rights in migration. Revista mexicana de sociología, 61-87.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Estévez</surname>
							<given-names>A.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2016</year>
					<article-title>Human rights or universal citizenship? Approaches to the debate on rights in migration</article-title>
					<source>Revista mexicana de sociología</source>
					<fpage>61</fpage>
					<lpage>87</lpage>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B15">
				<mixed-citation>Ganveta, J. (2002). Introduction: Exploring citizenship, participation and accountability. Bullentin, 1-11.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Ganveta</surname>
							<given-names>J.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2002</year>
					<article-title>Introduction: Exploring citizenship, participation and accountability</article-title>
					<source>Bullentin</source>
					<fpage>1</fpage>
					<lpage>11</lpage>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B16">
				<mixed-citation>Granja, L. C. (2022). Reconocimientos proteccionistas de la población afrodescendiente e indígena en las constituciones políticas de países latinoamericanos. Revista de Ciencias Sociales (Ve), XXVIII(2), 86-98.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Granja</surname>
							<given-names>L. C.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2022</year>
					<article-title>Reconocimientos proteccionistas de la población afrodescendiente e indígena en las constituciones políticas de países latinoamericanos</article-title>
					<source>Revista de Ciencias Sociales (Ve)</source>
					<volume>XXVIII</volume>
					<issue>2</issue>
					<fpage>86</fpage>
					<lpage>98</lpage>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B17">
				<mixed-citation>Guerrero, A. L. (2010). Human rights and citizenship in Latin-America. Latinoamérica. Revista de estudios Latinoamericanos, 109-139.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Guerrero</surname>
							<given-names>A. L.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2010</year>
					<article-title>Human rights and citizenship in Latin-America</article-title>
					<source>Latinoamérica. Revista de estudios Latinoamericanos</source>
					<fpage>109</fpage>
					<lpage>139</lpage>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B18">
				<mixed-citation>Horrach, J. A. (2009). Sobre el concepto de ciudadanía: historia y modelos. Factótum. Islas Baleares.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Horrach</surname>
							<given-names>J. A</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2009</year>
					<source>Sobre el concepto de ciudadanía: historia y modelos</source>
					<publisher-name>Factótum</publisher-name>
					<publisher-loc>Islas Baleares</publisher-loc>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B19">
				<mixed-citation>Kymlicka, W. &amp;. (1997). El retorno del ciudadano. Una revisión de la producción reciente de la teoría de la ciudadanía. Revista de Estudios sobre el Estado y la Sociedad, 5-40.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Kymlicka</surname>
							<given-names>W.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>1997</year>
					<article-title>El retorno del ciudadano. Una revisión de la producción reciente de la teoría de la ciudadanía</article-title>
					<source>Revista de Estudios sobre el Estado y la Sociedad</source>
					<fpage>5</fpage>
					<lpage>40</lpage>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B20">
				<mixed-citation>Lell, H. M. (2014). La ciudadanía como concepto jurídico: criterios de construcción en sociedades multiculturales y desafíos democráticos. Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política y Humanidades, 69-84.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Lell</surname>
							<given-names>H. M.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2014</year>
					<article-title>La ciudadanía como concepto jurídico: criterios de construcción en sociedades multiculturales y desafíos democráticos. Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía</article-title>
					<source>Política y Humanidades</source>
					<fpage>69</fpage>
					<lpage>84</lpage>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B21">
				<mixed-citation>Luna Corvera, T. G. (2002). Los Derechos Humanos como Condición de Ciudadanía. La ventana, 92-104.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Luna Corvera</surname>
							<given-names>T. G.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2002</year>
					<article-title>Los Derechos Humanos como Condición de Ciudadanía</article-title>
					<source>La ventana</source>
					<fpage>92</fpage>
					<lpage>104</lpage>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B22">
				<mixed-citation> Martínez Asprilla, Y. M., &amp; Ordóñez, E. J. (2020). Igualdad en las acciones afirmativas en Latinoamérica. Aproximación comparativa. Revista Venezolana de Gerencia, 24(2), 308-326. <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://doi.org/10.37960/revista.v24i2.31495">https://doi.org/10.37960/revista.v24i2.31495</ext-link>
				</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Martínez Asprilla</surname>
							<given-names>Y. M.</given-names>
						</name>
						<name>
							<surname>Ordóñez</surname>
							<given-names>E. J.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2020</year>
					<article-title>Igualdad en las acciones afirmativas en Latinoamérica. Aproximación comparativa</article-title>
					<source>Revista Venezolana de Gerencia</source>
					<volume>24</volume>
					<issue>2</issue>
					<fpage>308</fpage>
					<lpage>326</lpage>
					<ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="https://doi.org/10.37960/revista.v24i2.31495">https://doi.org/10.37960/revista.v24i2.31495</ext-link>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B23">
				<mixed-citation>Mouffe, C. (1997). Liberalismo, pluralismo y ciudadanía. México: IFE.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Mouffe</surname>
							<given-names>C.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>1997</year>
					<source>Liberalismo, pluralismo y ciudadanía</source>
					<publisher-loc>México</publisher-loc>
					<publisher-name>IFE</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B24">
				<mixed-citation>Obando Cabezas, A., &amp; González Ibarra, J. (2014). Diversidad y Justicia Social. La ciudadania materialmente diferenciada. Popayán: Samava Impresiones.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Obando Cabezas</surname>
							<given-names>A.</given-names>
						</name>
						<name>
							<surname>González Ibarra</surname>
							<given-names>J.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2014</year>
					<source>Diversidad y Justicia Social. La ciudadania materialmente diferenciada</source>
					<publisher-loc>Popayán</publisher-loc>
					<publisher-name>Samava Impresiones</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B25">
				<mixed-citation>Obando Cabezas, A. (2020). Más Allá de las fronteras: Emergencia de la ciudadanía como derecho humano. Revista Principia Iuris, 17(35), 23-45. <ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/piuris/article/view/2035/1784">http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/piuris/article/view/2035/1784</ext-link>
				</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Obando Cabezas</surname>
							<given-names>A.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2020</year>
					<chapter-title>Más Allá de las fronteras: Emergencia de la ciudadanía como derecho humano</chapter-title>
					<source>Revista Principia Iuris</source>
					<volume>17</volume>
					<issue>35</issue>
					<fpage>23</fpage>
					<lpage>45</lpage>
					<ext-link ext-link-type="uri" xlink:href="http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/piuris/article/view/2035/1784">http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/piuris/article/view/2035/1784</ext-link>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B26">
				<mixed-citation>OEA. (2001). La Doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la Prohibición de Partidos Políticos; Boletín Mexicano de Derecho Comparado, nueva serie, año XLI, núm. 123.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<collab>OEA</collab>
					</person-group>
					<year>2001</year>
					<article-title>La Doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la Prohibición de Partidos Políticos</article-title>
					<source>Boletín Mexicano de Derecho Comparado</source>
					<volume>XLI</volume>
					<issue>123</issue>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B27">
				<mixed-citation>Ordóñez, E. J. (2014) Justicia, filosofía y multiculturalismo. un analisis desde la perspectiva de Luis Villoro. Popayán: Universidad del Cauca.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Ordóñez</surname>
							<given-names>E. J.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2014</year>
					<source>Justicia, filosofía y multiculturalismo. un analisis desde la perspectiva de Luis Villoro</source>
					<publisher-loc>Popayán</publisher-loc>
					<publisher-name>Universidad del Cauca</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B28">
				<mixed-citation>Ordóñez, E. J.; Granja Escobar, L. C. &amp; Luna Nieto, A. (2018). Antología del Pensamiento social en Colombia. Cali, Colombia: Universidad Santiago de Cali, Fundación Universitaria de Popayán.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Ordóñez</surname>
							<given-names>E. J.</given-names>
						</name>
						<name>
							<surname>Granja Escobar</surname>
							<given-names>L. C.</given-names>
						</name>
						<name>
							<surname>Luna Nieto</surname>
							<given-names>A.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2018</year>
					<source>Antología del Pensamiento social en Colombia</source>
					<publisher-loc>Cali, Colombia</publisher-loc>
					<publisher-name>Universidad Santiago de Cali, Fundación Universitaria de Popayán</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B29">
				<mixed-citation>Pumarejo, E. A. (2017). Hacia la construcción de un nuevo modelo de ciudadanía en la Union Europea (Tesis Doctoral). Valencia. Universidad de Valencia</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="thesis">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Pumarejo</surname>
							<given-names>E. A.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2017</year>
					<source>Hacia la construcción de un nuevo modelo de ciudadanía en la Union Europea</source>
					<comment content-type="degree">Tesis Doctoral</comment>
					<publisher-loc>Valencia</publisher-loc>
					<publisher-name>Universidad de Valencia</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B30">
				<mixed-citation>Sánchez, M. T. (28 de noviembre de 2017). Ciudadanía y Derechos Humanos. México: Universidad Intercontinental.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Sánchez</surname>
							<given-names>M. T.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2017</year>
					<source>Ciudadanía y Derechos Humanos</source>
					<publisher-loc>México</publisher-loc>
					<publisher-name>Universidad Intercontinental</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B31">
				<mixed-citation>Segato, R. (2002). Identidades políticas y alteridades históricas. Revista Nueva Sociedad, 104-125.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Segato</surname>
							<given-names>R.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2002</year>
					<article-title>Identidades políticas y alteridades históricas</article-title>
					<source>Revista Nueva Sociedad</source>
					<fpage>104</fpage>
					<lpage>125</lpage>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B32">
				<mixed-citation>Suárez, D. D. (2010). Tema y variaciones: la ciudadanía griega y sus lecturas prácticas y teóricas. Gerión. Revista De Historia Antigua, 28(2), 7-20.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="journal">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Suárez</surname>
							<given-names>D. D.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>2010</year>
					<article-title>Tema y variaciones: la ciudadanía griega y sus lecturas prácticas y teóricas</article-title>
					<source>Gerión. Revista De Historia Antigua</source>
					<volume>28</volume>
					<issue>2</issue>
					<fpage>7</fpage>
					<lpage>20</lpage>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B33">
				<mixed-citation>Taylor, C. (1993). El multiculturalismo y la política del reconocimiento. México: FCE.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="book">
					<person-group person-group-type="author">
						<name>
							<surname>Taylor</surname>
							<given-names>C.</given-names>
						</name>
					</person-group>
					<year>1993</year>
					<source>El multiculturalismo y la política del reconocimiento</source>
					<publisher-loc>México</publisher-loc>
					<publisher-name>FCE</publisher-name>
				</element-citation>
			</ref>
			<ref id="B34">
				<mixed-citation>TEDH. (2002). Sentencia Yazar, Karatas, Aksoy y el Partido del Pueblo (HEP) contra Turquía. Sentencia del 9 de abril de 2002.</mixed-citation>
				<element-citation publication-type="legal-doc">
					<person-group person-group-type="author">
						<collab>TEDH</collab>
					</person-group>
					<year>2002</year>
					<source>Sentencia Yazar, Karatas, Aksoy y el Partido del Pueblo (HEP) contra Turquía. Sentencia del 9 de abril de 2002</source>
				</element-citation>
			</ref>
		</ref-list>
		<fn-group>
			<title>Notas:</title>
			<fn fn-type="other" id="fn1">
				<label>1</label>
				<p>Dr en Filosofía contemporánea, Universidad Autónoma del Estado de Morelos. Doctor en Derecho y Globalización, Universidad Autónoma del Estado de Morelos, México. Profesor Universidad del Cauca, Colombia. Miembro de la Asociación Iberoamericana de Filosofía Práctica. aristides.o@gmail.com</p>
			</fn>
			<fn fn-type="other" id="fn2">
				<label>2</label>
				<p>Abogada e investigadora del Semillero de Investigación Ética, Filosofía Política y Jurídica, de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad del Cauca. Correo: vanecruz.2501@unicauca.edu.co</p>
			</fn>
		</fn-group>
	</back>
</article>